A/RES/58/157 procedimientos aplicables, que esa separación es necesaria en el interés superior del niño, y a que, cuando se necesiten otros tipos de cuidados, promuevan el que se basa en la familia y la comunidad con preferencia a la colocación en instituciones, reconociendo que esa decisión podrá ser necesaria en casos particulares, como cuando los padres maltratan o abandonan al niño o cuando los padres están separados y es necesario tomar una decisión en cuanto al lugar de residencia del niño; 17. Insta a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias para que el interés superior del niño sea la consideración primordial en la adopción y a que tomen todas las medidas necesarias para prevenir y combatir las adopciones ilegales y las que no siguen los procedimientos normales; 18. Insta también a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias para resolver el problema de los niños que crecen sin padres, particularmente el de los niños huérfanos y los niños que son víctimas de la violencia familiar o social, el abandono y el abuso; 19. Exhorta a los Estados a que resuelvan los casos de secuestro internacional de niños por uno de sus progenitores; Pobreza 20. Reafirma que las inversiones en los niños y la realización de sus derechos se cuentan entre los medios más eficaces para erradicar la pobreza; 21. Exhorta a los Estados y a la comunidad internacional a que cooperen y participen en las actividades mundiales para erradicar la pobreza a nivel mundial, regional y nacional y las apoyen, teniendo presente que se necesita disponer de más recursos y asignarlos eficazmente en todos estos niveles para poder alcanzar todos los objetivos de desarrollo y erradicación de la pobreza enunciados en la Declaración del Milenio6 en los plazos previstos, y a que promuevan el disfrute de los derechos del niño; Salud 22. Exhorta a todos los Estados a que adopten todas las medidas apropiadas para crear sistemas de salud y servicios sociales sostenibles y dar acceso a esos sistemas y servicios sin discriminación alguna y a que presten especial atención a la necesidad de una alimentación y nutrición adecuadas a fin de prevenir las enfermedades y la malnutrición, a la atención sanitaria prenatal y posnatal, a las necesidades especiales de los adolescentes, a la salud reproductiva y sexual y a los riesgos que representan el uso indebido de sustancias nocivas y la violencia, en particular para los grupos vulnerables, y exhorta a todos los Estados partes a que tomen todas las medidas necesarias para garantizar el derecho de todos los niños, sin discriminación alguna, al disfrute del mejor estado de salud posible; 23. Insta a todos los Estados a que asignen prioridad a las actividades y los programas destinados a prevenir el uso indebido de estupefacientes, sustancias sicotrópicas e inhalantes, así como a prevenir otras formas de adicción, en particular la adicción al alcohol y el tabaco, entre niños y jóvenes, especialmente los que se hallan en situaciones vulnerables, e insta a todos los Estados a que combatan la utilización de niños y jóvenes en la producción y el tráfico ilícitos de estupefacientes y sustancias sicotrópicas; 24. Exhorta a todos los Estados a que proporcionen servicios de apoyo y rehabilitación a los niños afectados por el VIH/SIDA y a sus familias, y que 6

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