A/HRC/RES/33/18
1.
Insta a todos los Estados a renovar su compromiso político de eliminar la
mortalidad y morbilidad prevenibles asociadas a la maternidad en los ámbitos local,
nacional, regional e internacional, y a redoblar sus esfuerzos para luchar contra las formas
de desigualdad múltiples e interrelacionadas y para eliminar todas las barreras al acceso a
las instalaciones, los servicios, los productos y la información en materia de salud sexual y
reproductiva, así como a la educación, a fin de asegurar el cumplimiento pleno y efectivo
de sus obligaciones en materia de derechos humanos y de los compromisos a ese respecto
contenidos en la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, el Programa de Acción de
la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y los documentos finales de
sus procesos de examen, incluidos los compromisos relacionados con la salud sexual y
reproductiva y los derechos reproductivos, así como la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, teniendo en cuenta los Objetivos
relativos al mejoramiento de la salud materna y la promoción de la igualdad entre los
géneros y el empoderamiento de la mujer, y otros Objetivos conexos, asegurando el acceso
universal a servicios de atención de la salud de calidad en relación con la maternidad y la
salud sexual y reproductiva, entre otras cosas mediante asistencia y cooperación
internacionales, asignando los recursos internos necesarios a los sistemas de salud y
proporcionando la información y los servicios de salud necesarios en relación con el
ejercicio del derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, incluida
la salud sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas;
2.
Solicita a los Estados y demás entidades competentes que pongan un acento
renovado en las iniciativas contra la mortalidad y morbilidad asociadas a la maternidad en
sus asociaciones para el desarrollo y sus acuerdos internacionales de asistencia y
cooperación, en particular reforzando la cooperación técnica para hacer frente a la
mortalidad y morbilidad asociadas a la maternidad, entre otras cosas mediante la
transferencia de conocimientos especializados, tecnología y datos científicos, e
intercambiando buenas prácticas con países en desarrollo, cumpliendo al mismo tiempo con
los compromisos existentes, y que integren en esas iniciativas una perspectiva de derechos
humanos que aborde los efectos de la discriminación contra la mujer en la mortalidad y
morbilidad asociadas a la maternidad;
3.
Insta a los Estados y alienta a las demás partes interesadas, incluidas las
instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales, a
que adopten medidas a todos los niveles, aplicando un enfoque basado en los derechos
humanos, para hacer frente a las causas interrelacionadas de la mortalidad y morbilidad
asociadas a la maternidad, como la falta de servicios de atención de la salud accesibles,
asequibles y adecuados para todas las personas, y de información y educación, la pobreza,
todos los tipos de malnutrición, las prácticas nocivas, en particular los matrimonios
infantiles, precoces y forzados y la mutilación genital femenina, la procreación prematura,
las desigualdades de género y todas las formas de discriminación y violencia contra la
mujer, y a que presten particular atención a la eliminación de todas las formas de violencia
contra las mujeres y las niñas, especialmente las adolescentes, al tiempo que se asegura una
participación significativa y eficaz de las mujeres y las niñas en los procesos pertinentes;
4.
Insta también a los Estados a que adopten medidas para que las leyes,
políticas y prácticas respeten el derecho de las mujeres, en igualdad de condiciones, a
decidir de manera autónoma en los asuntos relativos a su vida y su salud, revocando las
leyes discriminatorias y luchando contra los estereotipos de género y las conductas que las
discriminan;
5.
Toma nota del informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos acerca del seguimiento de la aplicación de las
orientaciones técnicas sobre la aplicación de un enfoque basado en los derechos humanos a
4
GE.16-17459
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