A/RES/57/266
oportunidad a las personas que viven en la pobreza, especialmente a las mujeres, y, en
consecuencia, alienta a los gobiernos a que adopten políticas que favorezcan los planes
de microcrédito y el desarrollo de las instituciones de microfinanciación y de sus
capacidades;
25. Reafirma que todos los gobiernos y el sistema de las Naciones Unidas deben
promover una política activa y visible de incorporación de una perspectiva de género en
todas las políticas y los programas encaminados a la erradicación de la pobreza, tanto en
el plano nacional como internacional, e insta a que se utilice el análisis de los aspectos
de género como instrumento para incorporar una dimensión de género al planificar la
aplicación de las políticas, las estrategias y los programas de erradicación de la pobreza;
26. Subraya, como se reconoce en la Declaración del Milenio, la importancia
de atender las necesidades especiales de África, en donde la pobreza sigue siendo un
gran problema y la mayoría de los países no se han beneficiado plenamente de las
oportunidades de la globalización, lo que ha agudizado la marginación del continente;
27. Acoge con satisfacción la Nueva Alianza para el Desarrollo de África13 como
programa de la Unión Africana, cuyo objetivo principal es erradicar la pobreza y
promover el desarrollo sostenible, basándose en el principio de que África debe
asumir como propio el proceso de la Nueva Alianza y su liderazgo y en una mejor
relación de colaboración con la comunidad internacional, e insta a los países
desarrollados y al sistema de las Naciones Unidas a que apoyen a la Alianza y
complementen las iniciativas que se emprenden en África para superar los desafíos a
que se enfrenta el continente;
28. Subraya que el objetivo de reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje
de personas que viven con menos de un dólar al día no se alcanzará si no se
realizan serios esfuerzos por atender a las necesidades de desarrollo de los países menos
adelantados y apoyar sus iniciativas para mejorar la vida de su población y, a este
respecto, hace un llamamiento a los gobiernos de los países menos adelantados y a sus
asociados en el desarrollo para que apliquen plenamente los compromisos contenidos en
la Declaración de Bruselas14 y el Programa de Acción en favor de los países menos
adelantados para el decenio 2001-201010, aprobados en la Tercera Conferencia de las
Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados;
29. Reafirma la función de los fondos y programas de las Naciones Unidas, en
particular del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, de apoyar las
actividades nacionales de los países en desarrollo encaminadas, entre otras cosas, a la
erradicación de la pobreza, así como la necesidad de financiar estas actividades de
conformidad con las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;
30. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo octavo
período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución;
31. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo
período de sesiones el tema titulado “Aplicación del primer Decenio de las Naciones
Unidas para la Erradicación de la Pobreza (1997-2006)”.
78 a sesión plenaria
20 de diciembre de 2002
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13
14
A/57/304, anexo.
A/CONF.191/12.
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