A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/50/188 6 de marzo de 1996 Quincuagésimo período de sesiones Tema 112 c) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/635/Add.3)] 50/188. Situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán La Asamblea General, Guiada por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1/ y los Pactos internacionales de derechos humanos 2/, Recordando la Declaración y Programa de Acción de Viena 3/, en su forma aprobada por la Asamblea General en su resolución 48/121, de 20 de diciembre de 1993, y en particular el párrafo 1 de la sección I, en la que la Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirmó, entre otras cosas, que los derechos humanos y las libertades fundamentales eran patrimonio innato de todos los seres humanos y que su promoción y protección era responsabilidad primordial de los gobiernos, Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen el deber de cumplir con las obligaciones que han contraído en virtud de los diversos instrumentos internacionales en la materia, Teniendo en cuenta que la República Islámica del Irán es parte en los Pactos internacionales de derechos humanos, 1/ Resolución 217 A (III). 2/ Resolución 2200 A (XXI), anexo. 3/ A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 96-77074 /...

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