A/RES/50/188
Página 3
Tomando nota además de que la Subcomisión de Prevención de
Discriminaciones y Protección a las Minorías, en su resolución 1995/18,
condenó las flagrantes violaciones de los derechos humanos que se cometen en
la República Islámica del Irán,
Tomando nota del informe provisional del Representante Especial, de
20 de octubre de 1995 7/, y de su intención de presentar un informe sustantivo
a la Comisión de Derechos Humanos,
Teniendo en cuenta los informes del anterior Representante Especial, en
particular el de fecha 16 de enero de 1995 8/,
Considerando que se justifica proseguir la supervisión internacional de
la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la
República Islámica del Irán y mantener este tema en el programa de la Asamblea
General,
1.
Expresa su preocupación por las violaciones de los derechos
humanos que se cometen en la República Islámica del Irán, en particular, el
elevado número de ejecuciones, la práctica de la tortura y los casos de tratos
o penas crueles, inhumanos o degradantes, el incumplimiento de las normas
internacionales respecto de la administración de justicia, la falta de las
debidas garantías procesales, el trato discriminatorio de minorías a causa de
sus creencias religiosas, en particular la comunidad baha'i, cuya existencia
como comunidad religiosa viable en la República Islámica del Irán se ve
amenazada, la falta de protección adecuada de las minorías cristianas, algunas
de las cuales han sido objeto de intimidaciones y asesinatos, el uso excesivo
de la fuerza para sofocar las manifestaciones, las restricciones a las
libertades de expresión, pensamiento, opinión y prensa y la discriminación
generalizada contra la mujer;
2.
Insta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que, en su
calidad de Estado parte en los Pactos internacionales de derechos humanos,
cumpla las obligaciones que ha contraído libremente en virtud de los Pactos y
de conformidad con otros instrumentos internacionales sobre derechos humanos,
y garantice a todas las personas que vivan en su territorio y que estén
sometidas a su jurisdicción, con inclusión de los grupos religiosos, el
disfrute de los derechos reconocidos en esos instrumentos;
3.
Insta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que aplique
los acuerdos concertados con organizaciones humanitarias internacionales;
4.
Insta también al Gobierno de la República Islámica del Irán a que
tome las medidas necesarias para que la visita del Representante Especial de
la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en
la República Islámica del Irán se efectúe lo antes posible y sin condiciones;
5.
Expresa su profunda preocupación por el hecho de que persistan las
amenazas contra la vida del Sr. Salman Rushdie y de personas asociadas con su
labor, amenazas que parecen contar con el apoyo del Gobierno de la República
Islámica del Irán;
7/
Véase A/50/661.
8/
E/CN.4/1995/55.
/...