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no puede asegurarse protegiendo únicamente las tierras y territorios de los pueblos indígenas.
Hay otros grupos que dependen de los bienes comunes, es decir, de los bienes públicos
globales. Los pescadores tradicionales necesitan acceder a los caladeros, pero, al reforzar los
derechos de propiedad individuales, se pueden vallar las tierras que les dan acceso al mar o
a los ríos. Los pastores también constituyen un grupo especialmente importante en África
Subsahariana, donde residen casi la mitad de los 120 millones de pastores o pequeños
productores agropecuarios del mundo. Además, en todas las regiones en desarrollo hay
muchos hogares rurales y de campesinos que siguen dependiendo de la recogida de leña para
cocinar y calentarse, y de pozos o fuentes de agua de propiedad común para conseguir agua.
La formalización de los derechos de propiedad y el establecimiento de registros de tierras no
deben empeorar la situación de ninguno de esos grupos, ya que, si se les priva de acceso a
los recursos de los que dependen, se pondrían en peligro sus medios de subsistencia.
36.
La reforma agraria es una importante medida para hacer efectivos los derechos
relativos a la tierra consagrados en el Pacto46. La distribución más equitativa de la tierra
mediante una reforma agraria puede tener una repercusión considerable en la reducción de la
pobreza47 y contribuir a la inclusión social y el empoderamiento económico 48. Mejora la
seguridad alimentaria porque aumenta la disponibilidad y asequibilidad de los alimentos, lo
que permite amortiguar las perturbaciones externas49. Los programas de distribución de
tierras también deben apoyar a las pequeñas explotaciones agrícolas familiares, que a menudo
utilizan la tierra de forma más sostenible y contribuyen al desarrollo rural por ser intensivas
en mano de obra. Sin embargo, los programas de redistribución de tierras deben garantizar
que los beneficiarios reciban el apoyo adecuado para mejorar su capacidad de utilizar la tierra
de forma productiva y seguir prácticas agrícolas sostenibles a fin de mantener la
productividad de la tierra. Las políticas que pueden aprobarse para ayudar a los agricultores
familiares a obtener buenos resultados económicos deben prever, entre otras cosas,
orientación sobre la forma de acceder a los créditos, ayuda para aprovechar las oportunidades
de comercialización y la puesta en común de maquinaria. Deben formularse de manera que
los beneficiarios puedan rentabilizar las tierras que adquieran y no se vean alentados a
venderlas para atender sus necesidades mínimas. Los programas de redistribución de la tierra
y reforma agraria deben centrarse especialmente en el acceso a la tierra de los jóvenes, las
mujeres, las comunidades que sufren discriminación racial y basada en la ascendencia y otras
personas pertenecientes a grupos marginados, y deben respetar y proteger la tenencia
colectiva y consuetudinaria de la tierra.
37.
Los Estados deberán utilizar el máximo de los recursos disponibles para hacer
gradualmente efectivos los derechos reconocidos en el Pacto relativos al acceso a los recursos
productivos, en particular para ayudar a las personas y a los grupos a tener un nivel de vida
adecuado. El artículo 11, párrafo 2 a), del Pacto impone a los Estados partes la obligación de
mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante el
perfeccionamiento o la reforma de los sistemas agrarios de modo que se logren la explotación
y la utilización más eficaces de los recursos naturales. Esto significa que los Estados tienen
el deber de promover programas de reforma agraria que aseguren un acceso adecuado a la
tierra, en particular a los pequeños campesinos que dependen del acceso a la tierra para su
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Sobre la importancia de la reforma agraria, véase la Declaración Final aprobada en la Conferencia
Internacional sobre Reforma Agraria y Desarrollo Rural celebrada por la FAO en Porto Alegre
(Brasil) en 2006 (ICARRD 2006/3), en la que los Estados miembros acordaron el principio de
“aplicación de una reforma agraria adecuada principalmente en las áreas con fuertes disparidades
sociales, pobreza e inseguridad alimentaria, como medio para ampliar el acceso sostenible a la tierra,
al agua y a los demás recursos naturales”.
M. R. El-Ghonemy, “Land reform development challenges of 1963-2003 continue into the twentyfirst century”, Land Reform, Land Settlement and Cooperatives, vol. 2 (2003); y Veronika
Penciakova, “Market-led agrarian reform: a beneficiary perspective of Cédula da Terra”, Working
Paper Series No. 10–100 (Londres, Escuela de Economía y Ciencias Políticas de Londres, 2010).
Julian Quan, “Land access in the 21st century: issues, trends, linkages and policy options”, Livelihood
Support Programme Working Paper No. 24 (Roma, FAO, 2006).
M. R. Carter, “Designing land and property rights reform for poverty alleviation and food security”,
Land Reform, Land Settlement and Cooperatives, vol. 2 (2003).
GE.23-00043