A/RES/50/170
Página 5
partes a que hagan todo lo posible por cumplir sus obligaciones en materia de
presentación de informes;
12.
Invita a los Estados partes que no han podido cumplir con la
obligación de presentar sus informes iniciales a que recurran a la asistencia
técnica;
13.
Alienta a los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos
humanos en sus esfuerzos por examinar los progresos realizados por todos los
Estados partes en el cumplimiento de los compromisos contraídos en virtud de
los tratados sobre derechos humanos;
14.
Insta a los Estados partes a que, en sus próximas reuniones
previstas, aborden con carácter prioritario la cuestión de los Estados partes
que incumplen sistemáticamente sus obligaciones de presentar informes;
15.
Insta a todos los Estados partes cuyos informes han sido
examinados por órganos creados en virtud de tratados a que tengan debidamente
en cuenta las observaciones y comentarios finales formulados por esos órganos
acerca de sus informes;
16.
Observa con satisfacción la importancia que los presidentes de
órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos y la Comisión de
Derechos Humanos atribuyen a la asistencia técnica y los servicios de
asesoramiento y, a tal efecto:
a)
Acoge con beneplácito los planes del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos de informar periódicamente a la
Comisión de los posibles proyectos de asistencia técnica seleccionados por los
órganos creados en virtud de tratados;
b)
Alienta a los órganos creados en virtud de tratados a que, en el
curso de su labor ordinaria de examen de los informes periódicos de los
Estados partes, sigan determinando posibilidades de prestarles asistencia
técnica;
17.
Observa también con satisfacción la recomendación de la reunión de
presidentes de los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos
humanos de que esos órganos insten a todos los Estados partes a que traduzcan,
publiquen y difundan ampliamente en sus territorios el texto íntegro de las
observaciones finales acerca de los informes que presentan a los órganos de
supervisión de tratados, y pide al Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos que haga todo lo posible para que los informes
recientes y las actas resumidas de los debates de los comités al respecto, así
como las observaciones y comentarios finales de los órganos creados en virtud
de tratados, estén disponibles en los centros de información de las Naciones
Unidas de los países que presentan esos informes;
18.
Acoge con beneplácito la contribución que los organismos
especializados y otros órganos de las Naciones Unidas aportan a la labor de
los órganos creados en virtud de tratados sobre derechos humanos e invita a
los organismos especializados y otros órganos de las Naciones Unidas y a los
órganos creados en virtud de tratados a que sigan aumentando la cooperación
entre ellos, teniendo presentes las funciones del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la conveniencia de que se evite la
duplicación innecesaria;
/...