A/RES/57/318
se asignarían según las necesidades, teniendo presente que siempre que concluya o
se ajuste el mandato de una misión deberá ajustarse en consecuencia el número de
puestos de auditores;
18. Decide que cualquier puesto sufragado con cargo a la cuenta de apoyo
que quede vacante, así como cualquier puesto nuevo que no se cubra en doce meses
a partir de la fecha de su creación, deberá justificarse en las solicitudes
presupuestarias subsiguientes, y pide al Secretario General que le informe en su
quincuagésimo noveno período de sesiones de la aplicación de esta decisión;
19. Pide al Secretario General que incluya en el próximo informe sobre la
cuenta de apoyo detalles sobre la reclasificación de puestos en categorías superiores
o inferiores y un desglose de los nombramientos para ocupar puestos reclasificados
en categorías superiores en los dos años anteriores, así como un desglose entre
candidatos internos y externos, y que en adelante presente esos datos anualmente;
20. Decide que la titular del puesto de asesora en cuestiones de género se
ocupe de todas las actividades de apoyo operacional y todas las actividades conexas
relacionadas con la ejecución de los mandatos de las diversas operaciones de
mantenimiento de la paz en el ámbito de la incorporación de una perspectiva de
género, incluidas las actividades relacionadas con las operaciones sobre el terreno
de cada misión de mantenimiento de la paz;
21. Afirma que la Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y
Adelanto de la Mujer es la entidad competente para incorporar una perspectiva
de género en las Naciones Unidas en su conjunto y es responsable de formular
políticas según los mandatos de los órganos intergubernamentales y, a ese respecto,
pide al Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz que establezca un
mecanismo viable y efectivo de estrecha coordinación con la Asesora Especial,
velando por que todos los planes de acción sobre la incorporación de una
perspectiva de género en las operaciones de mantenimiento de la paz sean
coherentes con los mandatos vigentes;
22. Destaca que la creación de un puesto de asesora en cuestiones de género
en la Dependencia de Prácticas Recomendadas del Departamento de Operaciones de
Mantenimiento de la Paz no constituye un precedente que deban seguir otros
departamentos ni ha de dar lugar por sí misma al establecimiento de una
dependencia de cuestiones de género en el Departamento, y destaca también la
importancia de que no se dupliquen funciones o capacidades que ya existen en otras
partes de la Secretaría;
23. Decide examinar la creación y la categoría del puesto de asesora en
cuestiones de género en el contexto del párrafo 14 supra;
24. Pide al Secretario General que le informe en la continuación de su
quincuagésimo octavo período de sesiones por conducto de la Oficina de Servicios
de Supervisión Interna acerca de los casos procesados por los investigadores
regionales;
25. Decide crear, a título experimental, un puesto de categoría P-4 en la
División de Fiscalización, Evaluación y Consultoría de la Oficina de Servicios de
Supervisión Interna para que desempeñe funciones de supervisión de los aspectos
militares de las operaciones de mantenimiento de la paz y decide también no aprobar
la suma correspondiente a seis meses de servicios de consultoría de los tres expertos
mencionados en el párrafo 70 del informe de la Comisión Consultiva8;
4
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents