A/RES/60/174 para los Derechos Humanos que visitó Kirguistán del 13 al 21 de junio de 2005 7 y, especialmente, permita que se establezca una comisión internacional encargada de investigar los hechos de Andiján; b) Se adhiera a la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados 8 y su Protocolo de 1967 9; c) Ponga fin al hostigamiento y la detención de los testigos presenciales de los hechos de Andiján; d) Garantice juicios libres e imparciales; e) Garantice el pleno respeto de todos los derechos humanos y libertades fundamentales y, a ese respecto, aplique plenamente las recomendaciones de la experta independiente sobre la situación de los derechos humanos en Uzbekistán, nombrada de conformidad con el procedimiento confidencial 1503 por la Comisión de Derechos Humanos en su sexagésimo período de sesiones, y preste su plena cooperación a la experta independiente recientemente nombrada; f) Permita el pleno ejercicio de la libertad de practicar la religión; g) Aplique plenamente las recomendaciones que figuran en el informe del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la cuestión de la tortura en relación con su visita a Uzbekistán, que se llevó a cabo del 24 de noviembre al 6 de diciembre de 2002 10; h) Colabore estrechamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en los ámbitos de preocupación y coopere plenamente con todos los mecanismos de la Comisión de Derechos Humanos y demás órganos pertinentes de las Naciones Unidas establecidos en virtud de tratados; i) Permita a los representantes del Comité Internacional de la Cruz Roja el acceso sin trabas a los detenidos, de conformidad con sus procedimientos de trabajo; j) Cumpla plenamente los compromisos adquiridos en el marco de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y coopere plenamente con las instituciones que dependen de ella; k) Permita la inscripción de los partidos políticos independientes y su participación en el proceso electoral; de oposición l) Levante las restricciones a las actividades de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales; m) Brinde protección a los periodistas, incluso a quienes escriben artículos de oposición a la política del Gobierno, de conformidad con los llamamientos que ha hecho el Presidente para que los periodistas sean más críticos, y permita que funcionen en el país oficinas de los medios de difusión independientes, lo que comprenderá, según sea el caso, la concesión de licencias y la acreditación; n) Adopte medidas legislativas, judiciales y administrativas y otras medidas apropiadas para proteger activamente a los defensores de los derechos humanos de cualquier acto de violencia, amenaza u otras formas de hostigamiento _______________ 7 E/CN.4/2006/119. Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 189, No. 2545. 9 Ibíd., vol. 606, No. 8791. 10 E/CN.4/2003/68/Add.2, anexo. 8 3

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