Examen de la Estrategia Global de las
Naciones Unidas contra el Terrorismo
A/RES/72/284
provisión o recaudación intencionales de fondos, por cualquier medio, directa o
indirectamente, por sus nacionales o en su territorio, con la intención de qu e dichos
fondos se utilicen, o con conocimiento de que dichos fondos se utilizarán, para
cometer actos de terrorismo,
Reconociendo la importancia de prevenir, combatir y eliminar el uso ilícito de
armas pequeñas y armas ligeras por los terroristas,
Expresando preocupación por el hecho de que los atentados terroristas contra
infraestructura vital podrían perturbar considerablemente el funcionamiento tanto del
Gobierno como del sector privado y tener repercusiones más allá del sector de la
infraestructura, y, por lo tanto, subrayando la importancia creciente de proteger la
infraestructura vital de los atentados terroristas y de promover la preparación integral
frente a esos atentados, entre otras cosas mediante alianzas público -privadas, cuando
proceda,
Reconociendo la función de las alianzas entre las organizaciones regionales y
subregionales y las Naciones Unidas para combatir el terrorismo, y alentando al
Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo (entidades del
Pacto Mundial de Coordinación de la Lucha Antiterrorista) a que, de conformidad con
su mandato, coopere estrechamente y se coordine con las organizaciones regionales
y subregionales en sus actividades para combatir el terrorismo,
Alarmada por los actos de intolerancia, extremismo violento que conduce al
terrorismo, violencia, incluida la violencia sectaria, y terrorismo cometidos en
diversas partes del mundo, que se cobran vidas de inocentes y causan destrucción y
desplazamientos de personas, y rechazando el uso de la violencia, cualquiera que sea
su motivación,
Expresando seria preocupación por la grave y creciente amenaza que siguen
planteando los combatientes terroristas extranjeros, a saber, las personas que viajan a
un Estado distinto de su Estado de residencia o nacionalidad con el propósito de
cometer, planificar o preparar actos terroristas o participar en ellos, o de proporcionar
o recibir adiestramiento con fines de terrorismo, incluso en relación con conflictos
armados, así como las personas que regresan a sus países de origen o nacionalidad o
se trasladan a terceros países, particularmente desde zonas de conflicto, poniendo de
relieve la necesidad de que los Estados aborden esta cuestión, en particular mediante
el cumplimiento de sus obligaciones internacionales, y subrayando la importancia de
que las Naciones Unidas desarrollen y faciliten el desarrollo de la capacidad, con
arreglo a los mandatos existentes, a fin de prestar asistencia a los Estados, incluso a
los que se encuentran en las regiones más afectadas, a solicitud de estos,
Subrayando la importancia de fortalecer la cooperación internacional para hacer
frente a la amenaza que plantean los combatientes terroristas extranjeros, entre otras
cosas en materia de intercambio de información, seguridad de las fronteras,
investigaciones, procesos judiciales, extradición, mejora de la prevención y
eliminación de las condiciones que conducen a la propagación del terrorismo,
prevención y lucha contra la incitación a cometer actos terroristas, prevención de la
radicalización conducente al terrorismo y el reclutamiento de combatientes terroristas
extranjeros, bloqueo y prevención del apoyo financiero a combatientes terroristas
extranjeros, elaboración y aplicación de métodos de evaluación de los riesgos que
plantean los combatientes terroristas extranjeros que regresan y se trasladan, así como
sus familias, y medidas de enjuiciamiento, rehabilitación y reintegración, de
conformidad con el derecho internacional aplicable,
Expresando preocupación por que en algunas regiones los terroristas puedan
beneficiarse de la delincuencia organizada transnacional, incluido el tráfico de armas,
personas, drogas y bienes culturales, y del comercio ilícito de recursos naturales,
18-10508
3/20