Examen de la Estrategia Global de las
Naciones Unidas contra el Terrorismo
A/RES/72/284
Observando la importancia de seguir esforzándose por lograr un mundo libre de
terrorismo,
1.
Reitera su enérgica e inequívoca condena del terrorismo en todas sus
formas y manifestaciones, independientemente de quién lo cometa y de dónde y con
qué propósitos se cometa;
2.
Reafirma la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el
Terrorismo 5 y sus cuatro pilares, que entrañan una actividad continua, y exhorta a los
Estados Miembros, las Naciones Unidas y demás organizaciones internacionales,
regionales y subregionales competentes a que intensifiquen sus esfuerzos para aplicar
la Estrategia en forma integrada y equilibrada y en todos sus aspectos;
3.
Destaca la importancia de mantener actualizada la Estrategia de manera
que siga siendo válida y responda a las nuevas amenazas que vayan surgiendo y a la
evolución de las tendencias en el terrorismo internacional;
4.
Afirma la importancia de que todos los pilares de la Estrategia se apliquen
de manera integrada y equilibrada, reconociendo la necesidad de que se redoblen los
esfuerzos para que todos los pilares de la Estrategia reciban una atención igual y se
apliquen de forma uniforme;
5.
Reconoce que la responsabilidad principal de aplicar la Estrategia recae en
los Estados Miembros, alentando al mismo tiempo a que se sigan elaborando planes
nacionales, subregionales y regionales, así como desarrollando los exis tentes, según
proceda, en apoyo de la aplicación de la Estrategia;
6.
Recuerda el establecimiento de la Oficina de Lucha contra el Terrorismo
en su resolución 71/291;
7.
Exhorta a los Estados que no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de hacerse partes oportunamente en los tratados y protocolos
internacionales existentes contra el terrorismo, y a todos los Estados a que hagan todo
lo posible por concertar un convenio general sobre el terrorismo internacional, y
recuerda los compromisos contraídos por los Estados Miembros con respecto a la
aplicación de las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad
relativas al terrorismo internacional;
8.
Recuerda todas sus resoluciones relativas a las medidas para eliminar el
terrorismo internacional y sus resoluciones relativas a la protección de los derechos
humanos y las libertades fundamentales al contrarrestar el terrorismo, así como todas
las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas al terrorismo internacional, y
exhorta a los Estados Miembros a que cooperen plenamente con los órganos
pertinentes de las Naciones Unidas en el cumplimiento de sus tareas, reconociendo
que muchos Estados siguen necesitando asistencia para aplicar e sas resoluciones;
9.
Destaca la importancia de que se adopte un enfoque sostenido e integral,
que entrañe medidas más enérgicas, cuando sea necesario, para subsanar las
condiciones que conducen a la propagación del terrorismo, teniendo presente que para
derrotar al terrorismo no bastarán la fuerza militar, las medidas de aplicación de la
ley y las operaciones de inteligencia;
10. Destaca también que, cuando las actividades contra el terrorismo
descuidan el estado de derecho en los planos nacional e inte rnacional y violan el
derecho internacional, incluidos la Carta de las Naciones Unidas, el derecho
internacional humanitario, el derecho de los refugiados, los derechos humanos y las
libertades fundamentales, no solo traicionan los valores que tratan de de fender, sino
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Resolución 60/288.
18-10508