A/RES/71/9
La situación en el Afganistán
Paz y reconciliación
15. Acoge con beneplácito el acuerdo de paz firmado por el Gobierno del
Afganistán y el Consejo Superior de la Paz con Hizb-i-Islami el 22 de septiembre
de 2016, que representa un avance importante en el marco general de los esfuerzos
realizados por el Gobierno en pro de la paz, y pide que se aplique de forma efectiva;
16. Reconoce que, para lograr la paz y la estabilidad a largo plazo en el
Afganistán, es esencial que haya un proceso de paz inclusivo dirigido por los
afganos y que cuente con el respaldo de los actores regionales, en particular el
Pakistán, y con el apoyo de la comunidad internacional, reitera s u firme
compromiso de apoyar al Gobierno del Afganistán en los esfuerzos que realice a
este respecto con todos los que renuncien a la violencia, rompan sus vínculos con
organizaciones terroristas internacionales, como Al-Qaida, respeten la Constitución,
incluidas sus disposiciones sobre los derechos humanos, en particular los derechos
de las mujeres y las niñas y los derechos de las personas pertenecientes a minorías,
y estén dispuestos a colaborar en la construcción de un Afganistán en paz,
respetando plenamente la aplicación de las medidas y los procedimientos aprobados
por el Consejo de Seguridad en sus resoluciones 1267 (1999), 1988 (2011),
2082 (2012), 2160 (2014) y 2255 (2015), así como en las demás resoluciones
pertinentes del Consejo, exhorta a todos los Estados pertinentes, en especial los
países vecinos, y las organizaciones internacionales a que sigan colaborando con el
proceso de paz dirigido por los afganos, y reconoce las consecuencias de los ataques
terroristas para el pueblo afgano y el riesgo que representan para las perspectivas
futuras de un acuerdo de paz;
17. Alienta al Afganistán y al Pakistán a que profundicen su relación, lo que
podría propiciar la cooperación para combatir el terrorismo de manera eficaz y
llevar adelante el proceso de paz con liderazgo y titularidad afganos;
18. Recuerda que las mujeres desempeñan una función vital en el proceso de
paz, como reconoció el Consejo de Seguridad en su resolución 1325 (2000), de
31 de octubre de 2000, y en las resoluciones conexas, en particular la resolución
2242 (2015), de 13 de octubre de 2015, acoge con beneplácito las medidas
adoptadas por el Gobierno del Afganistán para aplicar su plan de acción nacional
sobre las mujeres y la paz y la seguridad, reconoce a este respecto el papel cada vez
más importante que desempeñan las mujeres en el proceso de paz, que se manifiesta
en su representación en el Consejo Superior de la Paz y en sus comités y secretarías
provinciales, así como su contribución a la elaboración de la estrategia de paz y
reconciliación del Afganistán, que se refleja en el reciente informe del Secretario
General 3, apoya la continuación de los esfuerzos en este sentido, y alienta al
Gobierno del Afganistán a que siga apoyando la participación activa de las mujeres
en el proceso de paz;
19. Reconoce que no existe una solución exclusivamente militar que asegure
la estabilidad del Afganistán, acoge con beneplácito la continuación de los esfuerzos
de todos los asociados regionales e internacionales del Afganistán en apoyo de la
paz y la reconciliación en el país, en particular la labor del Grupo de Coordinación
Cuadrilateral sobre el Proceso de Paz y Reconciliación del Afganistán, integrado por
el Afganistán, China, el Pakistán y los Estados Unidos de América, para facilitar la
pronta celebración de conversaciones de paz directas entre el Gobierno del
Afganistán y los representantes autorizados de los grupos de los talibanes, y exhorta
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A/71/616-S/2016/768.