A/RES/58/186 padezca hambre y todos disfruten cuanto antes del derecho a la alimentación, y también a que elaboren y adopten planes nacionales de lucha contra el hambre; 6. Alienta también a todos los Estados a que adopten medidas para combatir la discriminación contra la mujer, especialmente cuando contribuya a la malnutrición de las mujeres y las niñas, entre otras, medidas para hacer respetar el derecho a la alimentación y asegurar a las mujeres el acceso a los recursos, incluidos los ingresos, la tierra y el agua, en condiciones de igualdad, a fin de que puedan alimentarse; Destaca la necesidad de tomar disposiciones para movilizar recursos 7. técnicos y financieros de todas las fuentes, incluido el alivio de la deuda externa de los países en desarrollo, y asignarlos y utilizarlos con la máxima eficiencia, así como de reforzar las medidas nacionales para aplicar una política sostenible de seguridad alimentaria; Invita una vez más a todas las instituciones financieras y de desarrollo 8. internacionales y a los organismos y fondos de las Naciones Unidas competentes a que den prioridad a hacer efectivos el objetivo de reducir a la mitad, para el año 2015, el número de personas que padece hambre, y el derecho a la alimentación consagrado en la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial6 y en la Declaración del Milenio5, y a que provean los fondos necesarios para lograrlo; 9. Insta a los Estados a que en sus estrategias de desarrollo y en sus gastos den prioridad adecuada a la realización del derecho a la alimentación; 10. Toma nota con reconocimiento del informe provisional del Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación 8, y encomia al Relator Especial por su valiosa labor de promoción del derecho a la alimentación; 11. Apoya la ejecución del mandato del Relator Especial, prorrogado por la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 2003/25; 12. Expresa su reconocimiento al Relator Especial por haber contribuido eficazmente al examen de mediano plazo de la aplicación de la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación6, presentando al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sus recomendaciones sobre todos los aspectos del derecho a la alimentación, participando en la Cumbre y contribuyendo a sus actividades; 13. Alienta al Relator Especial a que incorpore una perspectiva de género en las actividades relacionadas con su mandato; 14. Pide al Secretario General y al Alto Comisionado que proporcionen al Relator Especial todos los recursos humanos y financieros necesarios para el desempeño eficaz de su mandato; 15. Observa con beneplácito la labor ya realizada por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la promoción del derecho a una alimentación adecuada, en particular su observación general No. 12 (1999) sobre el derecho a una alimentación adecuada (artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), en la cual el Comité afirmó, entre otras cosas, _______________ 8 Véase A/58/330. 3

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