A/HRC/RES/58/7 colaborar para facilitar la devolución del producto del delito, y pide que se adopten normativas más rigurosas en este ámbito y se apliquen políticas para reducir las corrientes de productos del delito y asegurar su devolución, así como la prestación de asistencia técnica a los países en desarrollo; 21. Alienta a todos los Estados a que den a conocer sus mejores prácticas de congelación y recuperación de fondos de origen ilícito; 22. Pide que se refuerce la cooperación internacional, en particular en el marco del sistema de las Naciones Unidas, en apoyo de la labor realizada en los planos nacional, subregional y regional para prevenir y combatir las prácticas corruptas y la transferencia de activos de origen ilícito, de conformidad con los principios de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y, a este respecto, alienta a los organismos de lucha contra la corrupción, las fuerzas del orden y los servicios de inteligencia financiera a que establezcan una estrecha cooperación en los planos nacional e internacional; 23. Exhorta a todos los Estados a los que se pida la repatriación de fondos de origen ilícito a que cumplan plenamente su compromiso de dar a la lucha contra la corrupción prioridad a todos los niveles y de frenar la transferencia ilícita de fondos, de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y hagan todo lo posible por lograr la repatriación de los fondos de origen ilícito a los Estados requirentes a fin de mitigar los efectos negativos de la no repatriación, en particular en el goce de los derechos humanos, especialmente los derechos económicos, sociales y culturales, en los países de procedencia, entre otras cosas reduciendo los obstáculos impuestos a los países requirentes en la etapa de localización de los fondos y estrechando la cooperación a este respecto entre los organismos competentes, teniendo en cuenta en particular los riesgos de que los fondos se desvanezcan, y, cuando proceda, no supeditando las medidas de confiscación al requisito de que se haya dictado condena en el país de procedencia; 24. Exhorta a todos los Estados que pidan la repatriación de fondos de origen ilícito a que respeten plenamente su compromiso de dar a la lucha contra la corrupción prioridad a todos los niveles y de frenar la transferencia ilícita de fondos, y a que apliquen los principios de rendición de cuentas, transparencia y participación en el proceso de toma de decisiones sobre el modo de asignar los fondos repatriados a la puesta en práctica de los derechos económicos, sociales y culturales con el fin de mejorar los procedimientos de prevención y detección, corregir las deficiencias y los problemas de gestión observados, impedir la impunidad, ofrecer recursos eficaces a fin de crear las condiciones necesarias para evitar nuevas violaciones de los derechos humanos y mejorar la administración de justicia en general; 25. Reafirma que es obligación de los Estados investigar la corrupción y enjuiciar a los culpables sobre la base de hechos comprobados, exhorta a todos los Estados a hacer más estrictos los procedimientos penales o civiles destinados a congelar o inmovilizar los fondos de origen ilícito, y, en este contexto, alienta a los Estados requeridos a que proporcionen a los Estados requirentes información sobre los marcos y procedimientos judiciales existentes y eliminen los obstáculos a la recuperación de los activos, entre otros medios simplificando sus procedimientos judiciales y atendiendo las solicitudes de asistencia judicial recíproca; 26. Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que organice, antes del 62º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, una reunión de expertos entre períodos de sesiones de un día de duración, plenamente accesible para las personas con discapacidad, sobre el fortalecimiento de la cooperación internacional y las responsabilidades compartidas respecto de la facilitación de la repatriación de fondos ilícitos para promover los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales y el derecho al desarrollo, con el fin de analizar las estrategias, las políticas y las mejores prácticas a este respecto y formular recomendaciones, con la participación de los Estados, el Comité Asesor y otras partes interesadas pertinentes; 27. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que organice, antes del 63er período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, una reunión regional de expertos en África sobre las formas de apoyar los esfuerzos de los gobiernos para repatriar los fondos de origen ilícito con el fin de promover GE.25-05431 7

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