A/RES/54/226
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técnica entre los países en desarrollo y a una conferencia de las Naciones Unidas sobre la cooperación
Sur-Sur, así como otras resoluciones pertinentes de la Asamblea General y del Consejo Económico y Social
sobre la cooperación económica y técnica entre los países en desarrollo,
Acogiendo con beneplácito la Declaración y el Plan de Acción de San José2, aprobados por el Grupo
de los 77 en la Conferencia Sur-Sur de Comercio, Inversiones y Finanzas celebrada en San José del 13 al 15
de enero de 1997, en que se definen modalidades concretas para abordar problemas sectoriales relativos a
la cooperación en las esferas del comercio, las inversiones, las finanzas y las empresas,
Tomando nota de la Declaración ministerial de la Cumbre del Sur3, aprobada por los Ministros de
Relaciones Exteriores del Grupo de los 77 en su 23a. reunión anual, celebrada en Nueva York el 24 de
septiembre de 1999, en la que se destacó el aumento de la importancia y pertinencia de la cooperación
Sur-Sur,
Reconociendo la importante contribución que podría realizar la próxima Cumbre del Sur, que se
celebrará en La Habana en abril del año 2000, al fortalecimiento de la cooperación Sur-Sur,
1. Hace suyos el informe del Comité de Alto Nivel encargado de examinar la cooperación técnica
entre los países en desarrollo sobre su 11 período de sesiones4 y las decisiones adoptadas por el Comité
de Alto Nivel en ese período de sesiones5;
2. Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General sobre el estado de la
cooperación Sur-Sur6;
3. Reitera que la cooperación Sur-Sur no debe considerarse un sustituto sino un complemento de la
cooperación Norte-Sur y, a ese respecto, destaca la necesidad de promover eficazmente, entre otras cosas,
los enfoques triangulares encaminados a impulsar los programas y proyectos de cooperación Sur-Sur;
4. Reconoce el importante papel de la cooperación económica y técnica entre los países en desarrollo
y los países con economías en transición en el fomento de la ejecución de los programas y proyectos Sur-Sur;
5. Acoge favorablemente el aumento significativo de la cooperación Sur-Sur entre los países en
desarrollo, tanto desde el punto de vista numérico como de los sectores abarcados, señalado por los países
en desarrollo y por el sistema de las Naciones Unidas;
6. Observa con satisfacción la ampliación del alcance de la cooperación económica entre países en
desarrollo que se ha producido recientemente con el aumento de la cooperación entre sectores empresariales
y empresas de diferentes países, por conducto, entre otros, del Programa de Centros de Comercio de la
2
A/C.2/52/8, anexo.
A/54/432, anexo I.
4
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo cuarto período de sesiones,
Suplemento No. 39 (A/54/39).
3
5
Ibíd., anexo I.
6
A/54/425.
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