Cooperación internacional para abordar y contrarrestar el problema mundial de las drogas A/RES/74/178 de redoblar e intensificar los esfuerzos conjuntos a nivel nacional, regional e internacional para hacer frente a los desafíos mundiales vinculados al problema mundial de las drogas de forma más integral, de conformidad con el principio de la responsabilidad común y compartida, en particular potenciando la asistencia técnica y financiera y mejorando la coordinación de dicha asistencia; 55. Toma nota del informe de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes correspondiente a 2018 19 y sus informes complementarios, y a este respecto reafirma la resolución 62/8 de la Comisión de Estupefacientes, de 22 de marzo de 2019, relativa al apoyo a la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes para que pueda desempeñar las funciones que le corresponden con arreglo a los tratados en cooperación con los Estados Miembros y en colaboración con la Comisión de Estupefacientes y la Organización Mundial de la Salud 2 ; 56. Invita a los Estados Miembros a fortalecer, según proceda, el funcionamiento adecuado de los sistemas nacionales de fiscalización de drogas y los mecanismos y programas de evaluación internos, en cooperación con la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, la Organización Mundial de la Salud y otros organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, a fin de detectar, analizar y eliminar los obstáculos que limitan la disponibilidad y accesibilidad para fines médicos y científicos de sustancias sometidas a fiscalización, en el marco de los debidos mecanismos de control, conforme a lo dispuesto en los tres tratados de fiscalización internacional de drogas y teniendo en cuenta la publicación titulada Garantizando el equilibrio en las políticas nacionales sobre sustancias fiscalizadas: orientación para la disponibilidad y accesibilidad de los medicamentos fiscalizados, y considerar la posibilidad de prestar asistencia técnica y financiera con ese fin a los países en desarrollo que lo soliciten; 57. Insta a todos los Estados Miembros a que adopten medidas de amplio alcance para impedir el abuso, el desvío para otros fines y el uso indebido de medicamentos de venta con receta, en particular mediante iniciativas de concienciación dirigidas al público en general y a los profesionales de la sanidad; 58. Reconoce que es necesario que los Estados Miembros, de conformidad con los tres tratados de fiscalización internacional de drogas y los principios fundamentales de sus ordenamientos jurídicos internos y su legislación nacional, consideren, según proceda, la posibilidad de: a) Examinar y evaluar periódicamente sus políticas de fiscalización de drogas, velando por que sean eficaces, amplias y equilibradas y tengan por objeto promover la salud y el bienestar de las personas, las familias, las comunidades y la sociedad en su conjunto; b) Facilitar, según proceda, programas amplios e integrados de reducción de la demanda de drogas, basados en pruebas científicas y que abarquen diversas medidas, como la prevención primaria, la intervención temprana, el tratamiento, la atención, la rehabilitación, la reinserción social y medidas destinadas a minimizar los perjuicios sociales y para la salud pública del uso indebido de drogas, con el fin de promover la salud y el bienestar social de las personas, las familias y las comunidades y reducir las consecuencias adversas del uso indebido de drogas para las personas y la sociedad en su conjunto; __________________ 19 19-22335 Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, documento E/INCB/2018/1. 15/26

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