A/RES/56/201
63. Pide a los fondos y programas que, en sus informes anuales al Consejo
Económico y Social, proporcionen información concreta sobre los avances en el
logro del objetivo antes mencionado;
64. Invita a las juntas ejecutivas y los órganos rectores de los fondos,
programas y organismos especializados a evaluar periódicamente los progresos
logrados en materia de simplificación y armonización de las normas y los
procedimientos;
65. Pide a la Junta de Coordinación de los Jefes Ejecutivos del Sistema de
las Naciones Unidas 7 que se ocupe de las necesidades relativas al logro de una
mayor simplificación y armonización de los procedimientos;
VII
Sistema de coordinadores residentes
66. Reafirma que el sistema de coordinadores residentes, en el marco de la
responsabilidad nacional, tiene una función clave que cumplir en el funcionamiento
efectivo y eficiente del sistema de las Naciones Unidas en los países, incluso en la
formulación de evaluaciones comunes para los países y de marcos de asistencia de
las Naciones Unidas para el desarrollo, y es un instrumento clave para la
coordinación eficiente y efectiva de las actividades operacionales para el desarrollo
del sistema de las Naciones Unidas, y pide al sistema de las Naciones Unidas,
incluidos los fondos y programas, los organismos especializados y la Secretaría, que
presten más apoyo al sistema de coordinadores residentes;
67. Reconoce los esfuerzos, incluso los que se realizan por medio del Grupo
de las Naciones Unidas para el Desarrollo, por seguir mejorando el sistema de
coordinadores residentes, y los progresos alcanzados hasta la fecha en la ampliación
del grupo de coordinadores residentes, el fomento del equilibrio entre los géneros, la
utilización de evaluaciones de la competencia para seleccionar los candidatos a
coordinadores residentes y el fomento de la capacitación del personal y las
evaluaciones anuales del desempeño, e insta a los fondos, programas y organismos
especializados del sistema de las Naciones Unidas a seguir orientando sus esfuerzos
en esa dirección, incluso mediante la capacitación adecuada y la contratación de
personal calificado con las aptitudes y los antecedentes profesionales necesarios;
68. Alienta a los fondos, programas y organismos especializados a que
aprovechen cabalmente la Escuela Superior del Personal de las Naciones Unidas
como institución para la gestión de los conocimientos, la capacitación y el
aprendizaje en todo el sistema;
69. Alienta al diálogo, la retroinformación, la participación y la interacción
más amplios entre, por una parte, el coordinador residente y, por la otra, los
organismos especializados, los pequeños organismos técnicos, las comisiones
regionales y las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas sin
representación sobre el terreno, incluso mediante una mayor utilización de la
tecnología de la información y las comunicaciones;
70. Alienta a las instituciones financieras internacionales y demás asociados
para el desarrollo a que presten apoyo al sistema de coordinadores residentes,
_______________
7
Denominada anteriormente Comité Administrativo de Coordinación (véase la decisión 2001/321 del
Consejo Económico y Social, de 24 de octubre de 2001).
11
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