A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/104
9 de febrero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 107 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/52/639)]
52/104. Mantenimiento en funciones de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados
La Asamblea General,
Recordando su resolución 47/104, de 16 de diciembre de 1992, por la que decidió examinar, a más
tardar en su quincuagésimo segundo período de sesiones, las disposiciones relativas a la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, con miras a determinar si la Oficina debía
seguir en funciones después del 31 de diciembre de 1998,
Reconociendo que es necesario realizar una acción internacional concertada en favor de los refugiados
y las personas desplazadas de que se ocupa el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados,
Considerando la destacada labor que ha llevado a cabo la Oficina del Alto Comisionado en lo que
respecta a la protección internacional y la asistencia material a los refugiados y las personas desplazadas,
así como a la búsqueda de soluciones permanentes a sus problemas,
Observando con profundo reconocimiento la manera eficaz en que la Oficina del Alto Comisionado
ha venido realizando las distintas tareas humanitarias que le han sido confiadas,
1. Decide mantener en funciones la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados por un nuevo período de cinco años, a partir del 1º de enero de 1999;
98-76690
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