Asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África A/RES/72/152 relieve que esas actividades deben estar en consonancia con sus resoluciones sobre la cuestión y no deben debilitar el mandato de la Oficina en materia de refugiados ni la institución del asilo, y alienta al Alto Comisionado a proseguir el diálogo con los Estados sobre el papel de su Oficina a este respecto; 33. Alienta a los Estados de África, junto con los agentes humanitarios y de desarrollo, a que trabajen estrechamente en la elaboración de estrategias plurianuales para los refugiados y los desplazados internos, teniendo en cuenta la dimensión subregional de muchas crisis de desplazamiento forzoso; 34. Invita a la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los desplazados internos a proseguir el diálogo que mantiene con los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, con arreglo al mandato del Consejo, y a que incluya datos al respecto en todos los informes que presente al Consejo y a la Asamblea General; 35. Solicita al Secretario General que, en su septuagésimo tercer período de sesiones y en relación con el tema titulado “Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, cuestiones relacionadas con los refugiados, los repatriados y los desplazados y cuestiones humanitarias”, le presente un informe amplio sobre la asistencia a los refugiados, los repatriados y los desplazados en África, teniendo plenamente en cuenta, entre otras cosas, la situación de las comunidades de acogida, los campamentos de refugiados y los esfuerzos realizados por los países de asilo y los dirigidos a colmar las deficiencias de financiación. 73ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2017 17-22957 9/9

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