A/HRC/RES/39/10
Reconociendo que el respeto, la protección y el logro del pleno disfrute de los
derechos humanos de todas las mujeres y las niñas y la plena consecución de todos los
Objetivos y metas de la Agenda 2030, en particular el Objetivo 5 de lograr la igualdad de
género y empoderar a todas las mujeres y las niñas y la meta 3.1 de reducir la tasa mundial
de mortalidad materna, están relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente,
Reconociendo que la salud sexual y reproductiva y los derechos reproductivos son
fundamentales para la efectividad del derecho de toda persona a disfrutar del más alto nivel
posible de salud física y mental, y que unos servicios integrales de salud sexual y
reproductiva deben tener los elementos interrelacionados y esenciales de disponibilidad,
accesibilidad, aceptabilidad y calidad, sobre la base de la no discriminación y la igualdad
formal y sustantiva, entre otras cosas haciendo frente a las formas de discriminación
múltiples e interrelacionadas,
Profundamente preocupado por la persistencia de las vulneraciones del derecho de
toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, incluida la salud
sexual y reproductiva, que repercuten negativamente en las tasas de mortalidad y
morbilidad asociadas a la maternidad, y por que el pleno disfrute de este derecho sigue
siendo un objetivo lejano para muchas mujeres y niñas de todo el mundo,
Reconociendo que las vulneraciones del derecho de toda persona al disfrute del más
alto nivel posible de salud física y mental, incluida la salud sexual y reproductiva, en
particular la insuficiencia de servicios obstétricos de emergencia y la práctica de abortos en
condiciones de riesgo, pueden provocar muchos casos de morbilidad materna, entre otras
cosas por fístula obstétrica, por lo que en muchas regiones del mundo las mujeres y las
niñas en edad de procrear padecen problemas de salud o mueren, especialmente en
situaciones humanitarias, y que para reducir considerablemente la mortalidad materna y
neonatal y erradicar la fístula obstétrica es preciso ampliar de manera drástica y sostenible
el tratamiento y los servicios de atención de la salud de calidad, incluidos los servicios
obstétricos de emergencia de alta calidad, y el número de matrones y cirujanos de fístula
capacitados y competentes,
Reconociendo también que las situaciones humanitarias pueden agravar las pautas y
estructuras existentes de discriminación y desigualdad y reducir aun más el acceso de las
mujeres y las niñas a la atención, la información y los servicios sanitarios, así como a la
vivienda, el agua, el saneamiento, la educación y el empleo, y que en las zonas afectadas el
acceso a servicios esenciales como los servicios de atención de la salud, incluidos los
servicios de atención de la salud sexual y reproductiva, se ve entorpecido por la
insuficiencia de infraestructuras y la falta de personal sanitario cualificado, medicamentos y
suministros médicos básicos, y protocolos de derivación de todas las supervivientes de la
violencia sexual y de género centrados en sus necesidades,
Reconociendo además que, en las situaciones humanitarias, la desintegración de los
sistemas judiciales, la discriminación por motivos de género y la discriminación contra los
refugiados en los países de acogida, el temor a represalias contra ellas o sus familias y el
estigma asociado a la violencia sexual y de género impiden a las mujeres y las niñas
supervivientes de la violencia sexual y de género y aquellas a quienes se niega el acceso a
servicios de salud sexual y reproductiva denunciar la violencia sexual y pedir que se haga
justicia, se rindan cuentas y se reparen las vulneraciones de sus derechos,
Profundamente preocupado porque las mujeres y las niñas que viven situaciones
humanitarias están expuestas de manera desproporcionada a un alto riesgo de ver
vulnerados sus derechos, en particular de ser víctimas de trata, violencia sexual y de género,
violación sistemática, esclavitud sexual, esterilización forzada, embarazo forzado y
prácticas nocivas como el matrimonio infantil, precoz y forzado; a la falta de servicios,
información con base empírica y educación en materia de salud sexual y reproductiva
accesibles y apropiados, en particular educación sexual integral adaptada al desarrollo
evolutivo del niño; a la falta de acceso a servicios de atención perinatal, incluida la
asistencia cualificada en el parto, y de atención obstétrica de emergencia; a la pobreza; al
subdesarrollo; a todos los tipos de malnutrición; a la falta de acceso a medicamentos y
equipo médico; a la escasez de recursos humanos y materiales en los sistemas de atención
de la salud; a la escasez de recursos humanitarios y de financiación que afecta a los
GE.18-16418
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