A/RES/60/132
entre los pobres, en particular los de las zonas rurales o el sector agrícola, y
promover la participación de las mujeres y los grupos vulnerables en cooperativas
de todos los sectores;
Exhorta a los gobiernos, las organizaciones internacionales competentes
4.
y los organismos especializados a que, en colaboración con las organizaciones
nacionales e internacionales de cooperativas, presten la debida atención al papel y
la contribución de las cooperativas en la aplicación y el seguimiento de los
resultados de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer, la segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los
Asentamientos Humanos (Hábitat II) y las conferencias de examen, la Cumbre
Mundial sobre la Alimentación, la Segunda Asamblea Mundial sobre el
Envejecimiento, la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el
Desarrollo, la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y la Cumbre
Mundial 2005, entre otras cosas:
a) Aprovechando y desarrollando plenamente las posibilidades que tienen
las cooperativas de contribuir a la consecución de los objetivos de desarrollo social,
en particular la erradicación de la pobreza, la generación de empleo pleno
y productivo y una mayor integración social;
b)
Fomentando y facilitando el establecimiento y el desarrollo de las
cooperativas, incluso mediante la adopción de medidas para que las personas que
viven en la pobreza o pertenecen a grupos vulnerables puedan participar a título
voluntario en la creación y el desarrollo de cooperativas;
c)
Tomando medidas apropiadas para crear un entorno propicio y favorable
al desarrollo de las cooperativas, entre otras cosas, estableciendo una asociación
efectiva entre los gobiernos y el movimiento cooperativista mediante, por ejemplo,
consejos consultivos y órganos asesores conjuntos, y promoviendo e
implementando una mejor legislación, capacitación, investigación, intercambio de
buenas prácticas y desarrollo de los recursos humanos;
d)
Tomando medidas para mejorar la reunión y difusión de información y
datos sobre el papel de las cooperativas en la reducción de la pobreza y su
contribución al desarrollo social y económico;
Invita a los gobiernos a que, en colaboración con el movimiento
5.
cooperativista, elaboren programas destinados a aumentar la capacidad de las
cooperativas, en particular perfeccionando las aptitudes de sus miembros en materia
de organización, gestión y finanzas, y a que instauren y apoyen programas destinados
a mejorar el acceso de las cooperativas a las nuevas tecnologías;
6.
Invita a los gobiernos, las organizaciones internacionales competentes,
los organismos especializados y las organizaciones locales, nacionales e
internacionales de cooperativas a que sigan celebrando cada año, el primer sábado
de julio, el Día Internacional de las Cooperativas, proclamado en su resolución
47/90;
Pide al Secretario General que, en cooperación con las organizaciones
7.
competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, y con las
organizaciones nacionales, regionales e internacionales de cooperativas, preste apoyo
a los Estados Miembros, cuando proceda, en sus esfuerzos por crear un entorno
propicio al desarrollo de las cooperativas, siga proporcionando asistencia para
desarrollar los recursos humanos y ofrecer asesoramiento técnico y capacitación, y
promueva un intercambio de experiencias y mejores prácticas, entre otras cosas
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