A/RES/53/73
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Expresando su preocupación por la creciente proliferación de regímenes y de arreglos especiales y
exclusivos de control de las exportaciones de bienes y tecnologías de doble uso, que tienden a entorpecer
el desarrollo económico y social de los países en desarrollo,
Recordando que en el Documento Final de la 12ª Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de
los Países No Alineados, celebrada en Durban (Sudáfrica), del 29 de agosto al 3 de septiembre de 19981,
se señaló con inquietud que seguían imponiéndose restricciones excesivas a las exportaciones de material,
equipo y tecnología para fines pacíficos, a los países en desarrollo,
Subrayando que en las directrices negociadas en el plano internacional en materia de transferencia
de tecnología avanzada de aplicación militar se deben tener en cuenta las necesidades de legítima defensa
de todos los Estados y las del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, y garantizar, al
mismo tiempo, que no se niegue a ninguno de ellos el acceso a los productos, servicios y conocimientos
de tecnología avanzada con fines pacíficos,
1. Afirma que los avances científicos y tecnológicos deben emplearse en beneficio de toda la
humanidad para promover el desarrollo económico y social sostenible de todos los Estados y salvaguardar
la seguridad internacional, y que debe promoverse la cooperación internacional en el empleo de la ciencia
y la tecnología mediante la transferencia y el intercambio de conocimientos técnicos con fines pacíficos;
2. Invita a los Estados Miembros a que pongan mayor empeño en aplicar la ciencia y la tecnología
para la consecución de objetivos en materia de desarme y a que pongan a disposición de los Estados
interesados la tecnología necesaria a tal efecto;
3. Insta a los Estados Miembros a que entablen negociaciones multilaterales, con la participación
de todos los Estados interesados, con miras a elaborar unas directrices universalmente aceptables y no
discriminatorias en materia de transferencias internacionales de bienes y tecnologías de doble uso y de
tecnología avanzada que tenga aplicaciones militares;
4. Toma nota del informe del Secretario General sobre la función de la ciencia y la tecnología en
el contexto de la seguridad internacional y el desarme2 y pide al Secretario General que solicite las
opiniones de los Estados Miembros sobre dicho informe y que, en un informe que había de presentar a
la Asamblea General a más tardar en su quincuagésimo cuarto período de sesiones, formule
recomendaciones sobre posibles criterios para llegar a directrices negociadas multilateralmente, de
aceptación universal y no discriminatorias, para las transferencias internacionales de bienes y tecnologías
de doble uso y de tecnología avanzada que tenga aplicaciones militares;
5. Alienta a los organismos de las Naciones Unidas a que, en el marco de los mandatos vigentes,
contribuyan a promover la aplicación de la ciencia y la tecnología con fines pacíficos;
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Véase A/53/667-S/1998/1071 anexo I; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad,
quincuagésimo tercer año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1998, documento
S/1998/1071 .
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