A/RES/55/96 Recordando además sus resoluciones 53/243 A y B, de 13 de septiembre de 1999, que contienen, respectivamente, la Declaración y el Programa de Acción sobre una Cultura de Paz, Reconociendo y respetando la riqueza y la diversidad de la comunidad de las democracias del mundo, que resultan de todas las creencias y tradiciones sociales, culturales y religiosas del mundo, Reconociendo que, si bien todas las democracias tienen características comunes, no hay un modelo universal de democracia, Reafirmando su dedicación al proceso de democratización de los Estados y que la democracia se basa en la voluntad libremente expresada de los pueblos de determinar sus propios sistemas políticos, económicos, sociales y culturales y en su participación plena en todos los aspectos de su vida, Reafirmando que la buena gestión de los asuntos públicos, mencionada en la Declaración del Milenio 5, es uno de los factores indispensables para la construcción y consolidación de sociedades pacíficas, prósperas y democráticas, Consciente de la importancia decisiva de la contribución y la participación activa de la sociedad civil en los procesos de gestión de los asuntos públicos que afectan a la vida de las personas, Recordando los compromisos contraídos por los Estados Miembros en el marco de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales de promover la democracia y el imperio de la ley, Acogiendo con beneplácito medidas tales como la decisión AHG/Dec.141 (XXXV) aprobada en 1999 por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana 6, la resolución AG/RES.1080 (XXI-091) adoptada en 1991 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos y el Documento de Moscú sobre la Dimensión Humana adoptado en 1991 por la Conferencia sobre la Dimensión Humana de la Conferencia para la Seguridad y la Cooperación en Europa, en el cual los Estados miembros se comprometen a adoptar ciertas medidas en caso de interrupción del gobierno democrático, así como la Declaración del Commonwealth adoptada en Harare en 1991 7, por la cual los miembros se comprometen a respetar los principios democráticos fundamentales, Encomiando el deseo de un número cada vez mayor de países de todo el mundo de dedicar su energía, sus medios y su voluntad política a la construcción de sociedades democráticas en que cada uno tenga la oportunidad de determinar su destino, Tomando nota de las iniciativas adoptadas por los países que participaron en la primera, la segunda y la tercera Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o Restauradas, celebradas respectivamente en Manila en junio de 1988, en Managua en julio de 1994 y en Bucarest en septiembre de 1997, Tomando nota también de la conferencia ministerial titulada “Hacia una Comunidad de Democracias”, acogida por el Gobierno de Polonia, en Varsovia, el 26 y el 27 de junio de 2000, 5 Véase la resolución 55/2. Véase el documento A/54/424, anexo II. 7 A/46/708, anexo. 6 2

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