A/RES/79/181 Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea agrícola que dan lugar a la escasez de alimentos diversificados, las limitaciones de la capacidad del Gobierno para responder a los desastres naturales y las políticas gubernamentales que limitan el acceso a alimentos adecuados y su disponibilidad por medios como las restricciones al cultivo y comercio de productos alimentarios y el cierre de la frontera y, a ese respecto, insta al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea a que adopte medidas preventivas y correctivas, incluso cooperando con los organismos donantes y humanitarios internacionales y dándoles acceso a las personas en situación de vulnerabilidad a fin de ejecutar programas de asistencia humanitaria, con un seguimiento acorde con las normas internacionales; 6. Acoge con beneplácito el último informe presentado al Consejo de Derechos Humanos por la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea 26, incluidos los esfuerzos por adoptar un enfoque doble, de diálogo y rendición de cuentas, dada la necesidad de un enfoque integral; 7. Reitera su aprecio por el informe presentado por el grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos cometidas en la República Popular Democrática de Corea 27, establecido de conformidad con lo dispuesto en la resolución 31/18 del Consejo de Derechos Humanos, que incluye opciones para procurar la rendición de cuentas y lograr la verdad y la justicia para todas las víctimas; 8. Acoge con beneplácito el último informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos 28 sobre las medidas adoptadas en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos, 34/24, de 24 de marzo de 2017 29, 40/20, de 22 de marzo de 2019 30, y 46/17, de 23 de marzo de 2021 31, y acoge con beneplácito tambicn la resolución 55/21 del Consejo, por la que sigue fortalecicndose la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, a fin de permitir la aplicación de las recomendaciones pertine ntes formuladas por el grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas a los efectos de intensificar las actuales actividades de vigilancia y documentación, establecer un registro central de información y pruebas y encomendar a expertos en responsabilidad jurídica la tarea de evaluar toda la información y todos los testimonios con miras a elaborar posibles estrategias para utilizarlas en lo sucesivo en los procesos de rendición de cuentas; 9. Expresa firme apoyo a la labor que lleva a cabo la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, en aplicación de la resolución 55/21 del Consejo de Derechos Humanos, con el fin de asegurar la rendición de cuentas por las presuntas violaciones del derecho internacional cometidas en la República Popular Democrática de Corea y por la República Popular Democrática de Corea y exhorta a todo s los Estados a que apoyen esas actividades; 10. Reitera su aprecio por la labor de la comisión de investigación y reconoce la importancia que tienen su informe y la conclusión según la cual el conjunto de testimonios y otras informaciones recabadas ofrecen motivos razonables para creer que se han cometido crímenes de lesa humanidad en la República Popular __________________ 26 A/HRC/55/63. A/HRC/34/66/Add.1. 28 A/HRC/52/64. 29 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/72/53), cap. IV, secc. A. 30 Ibid., septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/74/53), cap. IV, secc. A. 31 Ibid., septuagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 53 (A/76/53), cap. V, secc. A. 27 10/15 24-24223

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