Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
A/RES/79/181
d)
Proteja a sus habitantes, haga frente al problema de la impunidad y vele
por que los responsables de delitos relacionados con violaciones y abusos contra los
derechos humanos sean juzgados por magistrados independientes;
e)
Aborde las causas fundamentales de la salida de migrantes y refugiados y
enjuicie, en juicios que cumplan las normas internacionales de derechos humanos
para un juicio justo, a las personas implicadas en el tráfico de migrantes, la trata de
personas y la extorsión, sin criminalizar a las víctimas y supervivientes de la trata, y
vele por que las mujeres y niñas repatriadas que son víctimas y supervivientes de la
trata reciban el apoyo adecuado y no sean castigadas ni enviadas a campos de trabajo
o prisiones, ni privadas de libertad de ninguna otra forma;
f)
Se asegure de que dentro del territorio de la República Popular
Democrática de Corea todas las personas gocen del derecho a la libertad de
circulación y la libertad de elegir su residencia, incluso para solicitar asilo fuera de la
República Popular Democrática de Corea, sin interferencia por parte de las
autoridades de la República Popular Democrática de Corea;
g)
Vele por que los ciudadanos de la República Popular Democrática de
Corea que hayan sido expulsados o devueltos al país puedan regresar de forma segura
y digna, reciban un trato humano y no sufran ningún tipo de violación o abuso de los
derechos humanos, incluidas las desapariciones forzadas, las ejecuciones arbitrarias,
la tortura y el maltrato, la violencia sexual y de gcnero, incluidos los abortos forzados
y el infanticidio contra las madres repatriadas y sus hijos, y los juicios que no se ciñen
a las garantías internacionales de un juicio justo, y proporcione información sobre su
situación y sobre el trato que se les ha dispensado, en particular en el caso de las
mujeres, los menores de edad y las personas con discapacidad privados de libertad;
h)
Brinde protección a los ciudadanos de otros Estados Miembros que se
encuentran detenidos en la República Popular Democrática de Corea, incluida libertad
para comunicarse con funcionarios consulares y tener acceso a ellos, de conformidad
con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares 35, en la que
es parte la República Popular Democrática de Corea, así como para realizar
cualesquiera otras gestiones necesarias a fin de confirmar su situación y comunicarse
con su familia;
i)
Ofrezca toda su cooperación a la Relatora Especial sobre la situación de
los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, entre otras
cosas, otorgándole acceso pleno, libre y sin obstáculos a la República Popular
Democrática de Corea, así como a otros procedimientos especiales del Consejo de
Derechos Humanos y otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones
Unidas, con el fin de poder hacer una evaluación completa de la situación de los
derechos humanos;
j)
Invite a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos a visitar el país;
k)
Colabore con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos y su Oficina, incluida la estructura sobre el terreno en la región,
en las actividades de cooperación tccnica en la esfera de los derechos humanos que
la anterior Alta Comisionada venía realizando en los últimos años, a fin de mejorar la
situación de los derechos humanos en el país;
l)
Aplique las recomendaciones aceptadas emanadas de los exámenes periódicos
universales y facilite información exhaustiva en que se describan con detalle los progresos
en la aplicación de las recomendaciones aceptadas del tercer ciclo;
__________________
35
24-24223
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 596, núm. 8638.
13/15