Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea A/RES/79/181 22. Alienta a todos los Estados Miembros que mantienen un diálogo con la República Popular Democrática de Corea a que sigan abogando por el establecimiento de una paz y una seguridad duraderas en la península de Corea, colaboren con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y se ocupen de la situación de los derechos humanos; 23. Alienta a todos los Estados Miembros, la Asamblea General, el Consejo de Derechos Humanos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Secretaría de las Naciones Unidas, los organismos especializados pertinentes, los foros y organizaciones intergubernamentales regionales, las organizaciones de la sociedad civil, las fundaciones y las empresas comprometidas y otras partes interesadas a las que la comisión de investigación ha dirigido recomendaciones a que apliquen o lleven adelante esas recomendaciones y tambicn a que apoyen los esfuerzos encaminados a reanudar y mejorar el diálogo, incluido el diálogo intercoreano, sobre la situación humanitaria y de los derechos humanos, con inclusión de las desapariciones forzadas, los secuestros internacionales y la separación forzada de las familias en la República Popular Democrática de Corea; 24. Alienta al sistema de las Naciones Unidas en su conjunto a que siga haciendo frente a la grave situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea de manera coordinada y unificada; 25. Alienta a los programas, fondos y organismos especializados competentes de las Naciones Unidas y a otras organizaciones conexas a que presten asistencia al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea en la aplicación de las recomendaciones emanadas de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluidos los exámenes periódicos universales, los exámenes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y el informe de la comisión de investigación; 26. Exhorta a la República Popular Democrática de Corea a que colabore de manera constructiva con los interlocutores internacionales con el fin de promover mejoras concretas en la situación de los derechos humanos sobre el terreno, entre otras cosas, mediante diálogos sobre los derechos humanos, visitas oficiales al país que incluyan un acceso adecuado para evaluar plenamente las condiciones en materia de derechos humanos, iniciativas de cooperación y más contactos directos entre personas con carácter prioritario; 27. Solicita al Presidente de la Asamblea General que organice una reunión plenaria de alto nivel, en la que se presente el testimonio de representantes de la sociedad civil y otros expertos, para tratar los abusos y las violaciones de los derechos humanos que se están cometiendo en la República Popular Democrática de Corea, utilizando los recursos disponibles, que se complementarán, en caso necesario, con contribuciones voluntarias; 28. Decide seguir examinando en su octogcsimo período de sesiones la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, y a tal fin solicita al Secretario General que le presente un informe exhaustivo sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea y solicita a la Relatora Especial que continúe presentándole sus conclusiones y recomendaciones e informándola sobre el seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de la comisión de investigación. 53 a sesión plenaria 17 de diciembre de 2024 24-24223 15/15

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