A/RES/52/14
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9. Insta a la comunidad internacional y a todas las organizaciones internacionales y privadas
pertinentes a cumplir sin más demora su promesa de proporcionar asistencia para facilitar la
desmovilización y la reinserción social de los ex combatientes, el proceso de remoción de minas, el
reasentamiento de las personas desplazadas y la reconstrucción de la economía angoleña para consolidar
los logros del proceso de paz;
10. Acoge con satisfacción el restablecimiento de la paz en Liberia tras la feliz celebración de las
elecciones de julio y la instalación del Gobierno elegido democráticamente en ese país, y en ese sentido
expresa su reconocimiento a la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, a su Grupo
de Verificación de la Cesación del Fuego, a las Naciones Unidas y a otros miembros de la comunidad
internacional por sus esfuerzos en pro de la solución pacífica del conflicto de Liberia y los exhorta a
prestar apoyo a las actividades de consolidación de la paz en Liberia, incluido el establecimiento de un
marco viable para la movilización de recursos destinados a la reconstrucción y el desarrollo;
11. Acoge con beneplácito las medidas adoptadas por el nuevo Gobierno elegido de Liberia para
ejecutar programas encaminados a lograr una genuina reconciliación, la unidad nacional y la formación
de un gobierno de base amplia, así como su compromiso de promover la protección de los derechos
humanos y el respeto al imperio de la ley;
12. Encomia los esfuerzos realizados por los Estados Miembros y las organizaciones humanitarias
para prestar asistencia humanitaria a Angola y Liberia, y les insta a que sigan proporcionando e
incrementando dicha ayuda;
13. Expresa su preocupación por la situación en Sierra Leona, condena el golpe de estado perpetrado
por los militares el 25 de mayo de 1997 contra el Gobierno elegido democráticamente, y pide a la junta
militar de Sierra Leona que cumpla sus obligaciones con arreglo al plan de paz convenido en Conakry el
23 de octubre de 19977;
14. Encomia las iniciativas de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental y del
Consejo de Seguridad para tratar de resolver la situación, y exhorta a la comunidad internacional a que
apoye esas iniciativas mediante la cabal aplicación de las diversas medidas adoptadas para acelerar el
restablecimiento de la paz y la estabilidad en Sierra Leona;
15. Afirma la importancia del Atlántico Sur para las actividades marítimas y las transacciones
comerciales mundiales, así como su determinación de preservar la región para todos los fines y actividades
pacíficos protegidos por el derecho internacional, en particular por la Convención de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar8;
7
Véase S/1997/824, anexo II. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales del Consejo de
Seguridad, quincuagésimo segundo año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1997,
documento S/1997/824.
8
Documentos Oficiales de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar,
vol. XVII (publicación de las Naciones Unidas, No. de venta: S.84.V.3), documento A/CONF.62/122.
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