A/HRC/RES/54/28 los derechos humanos, con miras a generar resultados sostenibles, y alienta a los órganos regionales de derechos humanos a que compartan experiencias e intercambien buenas prácticas con respecto a la promoción, la protección y el ejercicio de los derechos humanos, incluidas las relativas al empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, colaborando al mismo tiempo con los agentes pertinentes, como las instituciones nacionales de derechos humanos, las organizaciones de la sociedad civil y los titulares de derechos; 4. Reafirma la permanente necesidad de que aumenten las contribuciones voluntarias a los fondos correspondientes de las Naciones Unidas para apoyar la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos, alienta a los Estados a que sigan contribuyendo a esos fondos, así como al programa de asistencia técnica y fomento de la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a fin de garantizar que la Oficina del Alto Comisionado esté en condiciones de responder a las solicitudes de asistencia señaladas en sus llamamientos anuales, y alienta a los fondos y a la Oficina a que sigan aumentando la eficacia y la transparencia de sus actividades; 5. Afirma que el proceso del examen periódico universal es un canal para iniciar un diálogo constructivo e inclusivo sobre los derechos humanos y explorar vías de cooperación técnica con los Estados examinados, y que sus recomendaciones, promesas y compromisos aceptados en el examen periódico universal podrían servir de plataforma para desarrollar y fortalecer la cooperación técnica y aumentar las alianzas entre los Estados, los organismos competentes de las Naciones Unidas y las partes interesadas, incluida la sociedad civil, a fin de apoyar el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos por los Estados; 6. Acoge con beneplácito las contribuciones realizadas por los Estados al proceso de seguimiento y aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal en los Estados examinados, y alienta a todos los Estados a que contribuyan al seguimiento y la aplicación de dichas recomendaciones por los Estados examinados, entre otras cosas, presentando las mejores prácticas, intercambiando experiencias y conocimientos y ofreciendo asistencia técnica en respuesta a las solicitudes y con el consentimiento de los Estados interesados; 7. Alienta a los Estados a que también consideren la posibilidad de ofrecer asistencia técnica e intercambiar mejores prácticas y experiencias en los ámbitos que puedan, contribuyendo a la aplicación de sus propias recomendaciones del examen periódico universal que fueron aceptadas por los Estados examinados, en respuesta a las solicitudes y con el consentimiento de los Estados interesados; 8. Acoge con beneplácito los esfuerzos realizados por la Oficina del Alto Comisionado y otros organismos competentes de las Naciones Unidas para promover y apoyar la aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal por los Estados, y pide que la Oficina y otros organismos competentes de las Naciones Unidas sigan prestando apoyo oportuno y de calidad a las solicitudes formuladas por los Estados en su labor de aplicación de las recomendaciones aceptadas en el contexto del examen periódico universal y de preparación de sus informes nacionales para el examen, y alienta a que se establezca a una mayor coordinación a este respecto; 9. Reconoce que las instituciones nacionales de derechos humanos existentes y la sociedad civil pueden desempeñar un papel importante en el apoyo para la aplicación de las recomendaciones aceptadas del examen periódico universal y en la preparación de los informes nacionales del examen periódico universal y, por consiguiente, alienta a los Estados y a los organismos competentes de las Naciones Unidas a que proporcionen asistencia técnica y fomento de la capacidad a esos actores y colaboren con ellos en estos procesos; 10. Alienta a los Estados que necesiten asistencia técnica a que consideren la posibilidad de solicitársela a la Oficina del Alto Comisionado y a otros organismos competentes de las Naciones Unidas para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, así como de sus promesas y compromisos voluntarios, incluidas las recomendaciones aceptadas en el contexto del examen periódico universal, y alienta encarecidamente a la Oficina y a los respectivos organismos de las Naciones Unidas a que respondan favorablemente a esas solicitudes y proporcionen información, de manera 4 GE.23-20058

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