A/HRC/RES/38/6
6.
Exhorta a los Estados, la comunidad internacional y el sistema de las
Naciones Unidas a que pongan fin a la medicalización de la mutilación genital femenina, lo
que implica elaborar y difundir directrices y disposiciones jurídicas para el personal médico
y las parteras tradicionales a fin de dar una respuesta adecuada a los problemas de salud
física y mental crónicos de millones de mujeres y niñas que han sido objeto de mutilación
genital, problemas que obstaculizan el progreso en la esfera de la salud en general y la
protección de los derechos humanos, incluido el derecho al disfrute del más alto nivel
posible de salud física y mental;
7.
Insta a los Estados a respetar, proteger y promover los derechos humanos de
todas las mujeres y las niñas, y a aprobar y acelerar la aplicación de leyes, políticas y
programas que protejan y permitan su disfrute de todos los derechos humanos y las
libertades fundamentales, incluido su derecho a la salud sexual y reproductiva;
8.
Insta a los Estados a promover la rendición de cuentas y garantizar el acceso
a la justicia para la aplicación y el cumplimiento efectivos de las leyes destinadas a prevenir
y eliminar todas las formas de mutilación genital femenina, en particular informando a las
mujeres y las niñas de sus derechos y eliminando todas las barreras al acceso a la asistencia
letrada y los recursos;
9.
Exhorta a los Estados a que tomen las medidas inmediatas y eficaces
siguientes para erradicar la práctica de la mutilación genital femenina:
a)
Abordar las causas fundamentales de la desigualdad de género, incluidos los
estereotipos de género y las normas sociales negativas, las actitudes y conductas, los
factores socioeconómicos de la violencia y las relaciones de poder desiguales, como las
normas patriarcales que perpetúan la mutilación genital femenina;
b)
Hacer especial hincapié en la educación formal e informal, especialmente de
los jóvenes, incluidas las jóvenes, los padres y los dirigentes religiosos, tradicionales y
comunitarios, sobre los efectos nocivos de la mutilación genital femenina, y alentar
especialmente a los hombres y los niños a implicarse más en las campañas de información
y sensibilización para que sean agentes de cambio en las comunidades, entre otras cosas
mediante la participación significativa de las mujeres y las niñas que han sido objeto de esta
práctica;
c)
Proseguir e intensificar su labor de información y sensibilización sobre los
efectos perjudiciales de la mutilación genital femenina y aumentar su apoyo a las
actividades destinadas a eliminar esta práctica en los ámbitos local, nacional e
internacional, y organizar, en este marco, actividades durante el Día Internacional de
Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina en que participen autoridades
religiosas y tradicionales;
d)
Formular, apoyar y promover programas de educación, según proceda, en
particular sobre salud sexual y reproductiva, en los que se cuestionen inequívocamente los
estereotipos negativos y las actitudes y las prácticas nocivas que sustentan la mutilación
genital femenina y perpetúan la violencia y la discriminación contra las mujeres y las niñas;
e)
Aprobar legislación nacional que prohíba la mutilación genital femenina, en
consonancia con el derecho internacional de los derechos humanos, y tomar medidas para
garantizar su estricta aplicación, y trabajar al mismo tiempo para armonizar su legislación a
fin de hacer frente eficazmente a la práctica transfronteriza de la mutilación genital
femenina, incluso mediante el fortalecimiento de la cooperación policial y judicial
transnacional en materia de intercambio de información sobre las víctimas y los autores de
delitos de mutilación genital femenina, de conformidad con la legislación y las políticas
nacionales y el derecho internacional de los derechos humanos;
f)
Sistematizar la recopilación de datos sobre la mutilación genital femenina,
fomentar la investigación sobre este tema, especialmente a nivel universitario, la
transparencia, la rendición de cuentas y el intercambio de datos por las partes interesadas
pertinentes, y utilizar los resultados para reforzar las actividades de información y
sensibilización y medir eficazmente los progresos logrados en la eliminación de la
mutilación genital femenina;
4
GE.18-11905
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