A/RES/57/141 XII. Cooperación regional 57. Recalca la importancia de las organizaciones y los mecanismos regionales para la cooperación y la coordinación en la ordenación integrada de los océanos, y, allí donde existan estructuras regionales propias para los diferentes aspectos de la ordenación de los océanos, como la protección ambiental, la ordenación de la pesca, la navegación, la investigación científica y la delimitación marítima, insta a que, cuando proceda, estas estructuras colaboren entre sí para conseguir una cooperación y una coordinación óptimas; 58. Toma nota del establecimiento en 2000 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos de un Fondo de Paz: Solución Pacífica de Controversias Territoriales, como mecanismo primario, dado su alcance regional más amplio, para la prevención y la solución de las controversias territoriales, fronterizas y marítimas pendientes, toma nota también del establecimiento por la Conferencia del Caribe sobre Delimitación Marítima, celebrada en México, D. F., del 6 al 8 de mayo de 2002, de un fondo fiduciario para el Caribe que esté encaminado a facilitar, principalmente a través de la asistencia técnica, la realización voluntaria de negociaciones para la delimitación marítima entre los Estados del Caribe, y pide a los Estados y a quienes estén en condiciones de hacerlo que contribuyan a esos fondos; 59. Toma nota también de la Política regional de las islas del Pacífico relativa a los océanos, aprobada en la 33ª reunión del Foro de las Islas del Pacífico, celebrada en Suva del 15 al 17 de agosto de 2002 22; XIII. Proceso abierto de consultas oficiosas sobre los océanos y el derecho del mar 60. Reafirma su decisión de realizar un examen y evaluación anuales de la aplicación de la Convención y otras novedades relacionadas con los asuntos oceánicos y el derecho del mar, acoge con satisfacción la labor del Proceso de consultas en los tres últimos años, toma nota de la contribución del proceso de consultas a la consolidación del debate anual de la Asamblea General sobre los océanos y el derecho del mar, y decide continuarlo durante los tres próximos años de conformidad con su resolución 54/33, y efectuar un nuevo examen de su eficacia y utilidad en el sexagésimo período de sesiones; 61. Pide al Secretario General que organice la reunión del Proceso de consultas en Nueva York del 2 al 6 de junio de 2003, que proporcione a dicha reunión los servicios necesarios para realizar su labor y que tome las medidas necesarias para que la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar, en cooperación con otras partes pertinentes de la Secretaría como la División de Desarrollo Sostenible del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, proporcione el apoyo necesario según proceda; 62. Recomienda que en esta reunión, el Proceso de consultas organice sus deliberaciones acerca del informe del Secretario General sobre los océanos y el derecho del mar en torno a las siguientes cuestiones: a) La protección de los ecosistemas marinos vulnerables; b) La seguridad de la navegación, por ejemplo, el fomento de la capacidad para el trazado de cartas náuticas, así como las cuestiones debatidas en anteriores reuniones; _______________ 22 12 Véase A/57/331, anexo 2.

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