A/RES/51/92 Página 2 1. Condena enérgicamente una vez más todas las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias que continúan realizándose en diversas partes del mundo; 2. Exige que todos los gobiernos se aseguren de que se ponga fin a la práctica de las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y tomen medidas eficaces para combatir y eliminar ese fenómeno en todas sus formas; 3. Reitera la obligación que incumbe a todos los gobiernos de llevar a cabo investigaciones completas e imparciales en todos los casos en que se sospeche que se han realizado ejecuciones extrajudiciales, arbitrarias o sumarias y de identificar y enjuiciar a los autores, de dar una indemnización adecuada a las víctimas o a sus familiares y de adoptar todas las medidas que sean necesarias para impedir que se repitan esas ejecuciones; 4. Reitera también la necesidad de que el Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias pueda actuar efectivamente sobre la base de la información veraz y fidedigna que le sea presentada y le invita a que siga recabando las opiniones y observaciones de todos los interesados, incluidos los Estados Miembros, para la elaboración de su informe; 5. Reafirma la decisión 1995/284 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1995, en la que el Consejo aprobó la decisión adoptada por la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 1995/73, de 8 de marzo de 1995 4, de prorrogar por un período de tres años el mandato del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, y recomienda que la Comisión mantenga el mandato del Relator Especial en su 54º período de sesiones; 6. Toma nota del informe provisional del Relator Especial5; 7. Toma nota del importante papel que ha desempeñado el Relator Especial con su labor en pro de la eliminación de las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; 8. Señala que la Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 1996/746, ha pedido al Relator Especial que en cumplimiento de su mandato: a) Siga examinando situaciones de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y presentando anualmente a la Comisión sus observaciones, junto con sus conclusiones y recomendaciones, así como cualesquiera otros informes que el Relator Especial considere necesarios para mantener al corriente a la Comisión de las situaciones graves de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias que justifiquen su atención inmediata; 4 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1995, Suplemento No. 3 y correcciones (E/1995/23 y Corr.1 y 2), cap. II, secc. A. 5 A/51/457, anexo. 6 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1996, Suplemento No. 3 (E/1996/23), cap. II, secc. A. /...

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