A/RES/52/102 Página 3 3. Acoge con beneplácito la labor realizada por los gobiernos de los países de la Comunidad de Estados Independientes que, en cooperación con la Oficina del Alto Comisionado, la Organización Internacional para las Migraciones, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, y el Consejo de Europa, han adoptado medidas prácticas para aplicar el Programa de Acción; 4. Invita a todos los países que todavía no lo hayan hecho a que se adhieran a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y al Protocolo de 1967, y a que los apliquen plenamente; 5. Expresa su reconocimiento por la labor realizada por la Oficina del Alto Comisionado, la Organización Internacional para las Migraciones y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa en apoyo de la aplicación del Programa de Acción en los países de la Comunidad de Estados Independientes y subraya la necesidad de que la comunidad internacional responda de manera adecuada a los llamamientos para obtener fondos que hagan la Oficina del Alto Comisionado y la Organización Internacional para las Migraciones; 6. Insta a los Estados y a las organizaciones internacionales interesadas a que presten apoyo en la forma y en los niveles adecuados para la aplicación práctica del Programa de Acción, con espíritu de solidaridad y voluntad de compartir la carga; 7. Invita a las instituciones internacionales financieras y de otro tipo a que contribuyan a financiar los proyectos y programas en el marco de la aplicación del Programa de Acción; 8. Invita a los países de la Comunidad de Estados Independientes a intensificar la cooperación en los planos bilateral y subregional a fin de mantener un equilibrio de compromisos e intereses en el proceso que culminará con la aplicación del Programa de Acción; 9. Exhorta a los gobiernos de los países de la Comunidad de Estados Independientes a que sigan incrementando su adhesión a los principios en que se basa el Programa de Acción, en los principios relativos a la protección de los derechos humanos y los refugiados, y a que presten apoyo político de alto nivel para avanzar en su aplicación; 10. Hace hincapié en la necesidad de que se cumplan las recomendaciones del Programa de Acción relativas al respeto de los derechos humanos como factor importante de la gestión de las corrientes migratorias, la consolidación de la democracia, el imperio de la ley y la estabilidad; 11. Exhorta a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que, en coordinación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Organización Internacional para las Migraciones y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, tenga en cuenta los elementos del Programa de Acción que sean pertinentes para su mandato; 12. Alienta a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a participar en la labor posterior a la Conferencia, y las invita a que apoyen más resueltamente el proceso de diálogo multinacional constructivo entre un gran número de los países interesados y a que adopten nuevas medidas a fin de poner plenamente en práctica las recomendaciones de la Conferencia; /...

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