A/HRC/56/47
En Panamá69, Filipinas70, Bangladesh71 y Fiji72 se registraron tensiones entre las personas
relocalizadas y las comunidades vecinas, poniendo de manifiesto que la presión demográfica
sobrecarga unos recursos ya muy lastrados por los efectos adversos del cambio climático y
la degradación ambiental73.
3.
Derecho a la tierra
44.
La incertidumbre jurídica sobre la tenencia de la tierra en las zonas de relocalización
puede poner en peligro la seguridad y la estabilidad de las comunidades relocalizadas. En
Filipinas, en el marco de sus estrategias a largo plazo de reducción del riesgo de desastres y
de adaptación al cambio climático, el Gobierno relocalizó a más de 20.000 personas que
vivían en asentamientos informales en comunidades costeras de riesgo, trasladándolas a
zonas situadas a mayor altitud, mayoritariamente en la periferia de las ciudades afectadas.
Según se informa, esas personas fueron trasladadas a Tacloban siete años después del tifón
de 2013, pero se sentían inseguras porque en los certificados de adjudicación de sus viviendas
no había ninguna mención a la propiedad74. Las consultas en línea revelaron que los entornos
urbanos planteaban una serie de problemas específicos para la relocalización planificada que
no se daban en los entornos rurales, como la escasez de viviendas y terrenos y los riesgos de
desalojo debido al desarrollo urbano y la gentrificación75.
45.
Los regímenes de tierras consuetudinarias en las zonas de relocalización también
pueden dejar a las personas relocalizadas en situación de inseguridad en la tenencia. Al
parecer, en Papua Nueva Guinea, el 97 % de las tierras pertenecen a grupos que son titulares
de derechos consuetudinarios sobre las tierras. En el decenio de 1970, el Gobierno adquirió
tierras previamente consuetudinarias que se habían arrendado a la Iglesia Católica en 1904
para la relocalización de diversas aldeas al asentamiento de Nuigo debido a las crecidas
recurrentes del río Sepik. Según se informa, 50 años después, los titulares de derechos
consuetudinarios sobre esas tierras siguen vigilando y restringiendo las actividades de uso de
la tierra, lo que limita la capacidad de las comunidades relocalizadas y de sus descendientes
para ampliar sus viviendas y dedicarse a actividades generadoras de ingresos, como la cría
de aves de corral o la apertura de comercios76.
4.
Derecho a una vivienda adecuada
46.
Por lo que se refiere a la vivienda, las comunidades relocalizadas han tenido
experiencias desiguales. En Bangladesh y en la India, algunas personas desplazadas por la
degradación ambiental han pasado a ser propietarias de su vivienda tras la relocalización. Un
hombre que perdió su vivienda y sus tierras agrícolas en la isla de Ghoramara (India) a causa
de la erosión costera declaró que, antes de la relocalización, vivía “en la calle”77.
47.
En otros casos, se han asignado viviendas inadecuadas. En 2014, la aldea de
Vunidogoloa (Fiji) fue reubicada a una distancia de 2 km hacia el interior debido a las
inundaciones provocadas por mareas, la intrusión de agua salina y la erosión costera. Al
parecer, las viviendas construidas en el nuevo emplazamiento estaban mejor equipadas, ya
que disponían de paneles solares y de un cuarto de baño. Sin embargo, algunas de las personas
relocalizadas consideraron que las casas eran demasiado pequeñas y tenían poca intimidad.
Lamentaron que no se hubieran instalado cocinas, al no haberse consultado a las mujeres en
el proceso de relocalización, y que no hubiera buenos caminos ni un sistema de saneamiento
adecuado. Las familias construyeron sus propias cocinas con materiales recuperados78.
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GE.24-11873
Kimura, Lagrotte y McFadyen, “Understanding the needs of indigenous communities”.
Comunicación de Ginbert Permejo Cuaton e Yvonne Su.
Comunicación de ActionAid Bangladesh.
Comunicación del Unitarian Universalist Service Committee.
A/76/169, párr. 56.
Comunicación de la Comisión de Derechos Humanos de Filipinas.
Comunicación de Raquel Lejtreger.
Comunicación de la Asia-Pacific Academic Network on Disaster Displacement.
Comunicación de Oana Stefancu y Neil Adger.
Comunicación de Yee, Piggott-McKellar y McMichael.
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