Cooperación internacional para la asistencia humanitaria en los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo A/RES/74/115 corresponda, la capacidad regional y subregional para la preparación y respuesta ante los desastres, que podrían estar disponibles en un lugar más próximo a donde se hubiera producido el desastre, con más eficiencia y a un costo menor; 31. Reconoce que la fase de recuperación, rehabilitación y reconstrucción, que debe prepararse con antelación a un desastre, es una oportunidad decisiva para reconstruir mejor; 32. Alienta a los Estados Miembros, las Naciones Unidas y otros interesados a que sigan apoyando la localización de la preparación y la respuesta ante los desastres y traten de asegurar que los agentes nacionales y locales puedan responder a las necesidades y prioridades de la comunidad y de reforzar la colaboración y las alianzas entre los agentes internacionales, nacionales, locales y regionales con miras a fortalecer las capacidades, el liderazgo y los mecanismos de coordinación a nivel nacional y local; 33. Alienta a los Estados Miembros y las Naciones Unidas a que sigan aplicando los enfoques de participación comunitaria a través de los cuales las comunidades reciben información oportuna y pueden mejorar la focalizaci ón de la asistencia humanitaria; 34. Alienta a los Estados Miembros y las organizaciones regionales a que colaboren con miras a reforzar la cooperación regional a fin de mejorar la capacidad nacional y regional para entender y reducir los riesgos y prepar arse para los desastres y responder a ellos en apoyo de las iniciativas nacionales, entre otras cosas intercambiando experiencias y mejores prácticas; 35. Alienta a los Estados Miembros a que cambien sus enfoques reactivos por otros más anticipatorios, basados en los riesgos, que incluyan múltiples peligros y sean inclusivos, tales como el fomento de las inversiones tempranas para prevenir los riesgos de desastres y aumentar la resiliencia, el desarrollo de medidas ambientales y territoriales y la integración en la planificación futura de las experiencias extraídas de desastres pasados, así como la sensibilización sobre nuevos riesgos; 36. Alienta las prácticas innovadoras que se basan en los conocimientos de las personas afectadas por los desastres naturales para desarrollar soluciones sostenibles a nivel local y para producir artículos imprescindibles para la vida a nivel local, con un mínimo de consecuencias logísticas y de infraestructura; 37. Destaca, en este contexto, la importancia de fortalecer la cooperación internacional, en particular utilizando efectivamente los mecanismos multilaterales, para prestar asistencia humanitaria de forma oportuna en todas las etapas de los desastres, desde el socorro y la recuperación hasta el desarrollo, incluida la asignación de recursos suficientes; 38. Alienta a todos los interesados pertinentes, incluidos los Estados Miembros, a que adopten medidas adecuadas para reducir y desalentar el envío de artículos de socorro no solicitados, innecesarios o inapropiados en respuesta a los desastres; 39. Alienta a todos los Estados Miembros a que faciliten, en la medida de lo posible, el tránsito de la asistencia humanitaria de emergencia y de la asistencia para el desarrollo prestadas en el contexto de actividades internacionales, así como la entrada del personal y los suministros humanitarios, en particular en la etapa que va desde el socorro hasta el desarrollo, en plena conformidad con las disposiciones de la resolución 46/182 y su anexo y respetando plenamente los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia y las obligaciones que les incumben según el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario; 19-22032 11/19

Select target paragraph3