Mujeres, desarme, no proliferación y control de armamentos
A/RES/73/46
7.
Alienta a los Estados a considerar seriamente la posibilidad de aumentar
la financiación para los programas y políticas que tengan en cuenta los diferentes
efectos del tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras en las mujeres, los
hombres, las niñas y los niños;
8.
Exhorta a todos los Estados a formular criterios nacionales de evaluación
de riesgos adecuados y eficaces a fin de facilitar la prevención del uso de armas para
cometer actos de violencia contra las mujeres y los niños;
9.
Solicita a los órganos, organismos, fondos y programas competentes de las
Naciones Unidas que ayuden a los Estados que lo soliciten a promover la función de las
mujeres en materia de desarme, no proliferación y control de armamentos, así como
para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras;
10. Solicita al Secretario General que recabe las opiniones de los Estados
Miembros acerca de las maneras de promover la función de las mujeres en materia de
desarme, no proliferación y control de armamentos y que en su septuagésimo quinto
período de sesiones la informe sobre la aplicación de la presente resolución;
11. Decide incluir en el programa provisional de su septuagésimo quinto
período de sesiones, en relación con el tema titulado “Desarme general y completo”,
el subtema titulado “Mujeres, desarme, no proliferación y control de armamentos”.
45 a sesión plenaria
5 de diciembre de 2018
18-21247
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