A/HRC/RES/58/20 Sudoriental y de las Naciones Unidas, en particular a través del Enviado Especial de la Presidencia de la Asociación sobre Myanmar y de la Enviada Especial del Secretario General sobre Myanmar, así como la importancia del apoyo de la comunidad internacional a los procesos dirigidos por la Asociación; 48. Pide que se sigan tomando disposiciones y se adopten las medidas necesarias para promover la inclusión, los derechos humanos y la dignidad de todas las personas que viven en Myanmar, hacer frente a la violencia sexual y de género, la discriminación y la propagación de prejuicios, incluida la propagación de la desinformación, el discurso de odio y la retórica incendiaria, también en las plataformas en línea, los medios sociales y los servicios de mensajería, y para combatir la incitación al odio y la violencia contra las minorías étnicas, religiosas y de otra índole, incluidos los rohinyás, de conformidad con el Plan de Acción de Rabat sobre la prohibición de la apología del odio nacional, racial o religioso que constituye incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, también en consonancia con la recomendación 9 del resumen ejecutivo de la Comisión Independiente de Investigación, entre otras cosas absteniéndose de participar en el discurso de odio o de alentar a otros a participar en él, y absteniéndose de aplicar medidas supuestamente encaminadas a hacer frente al discurso de odio que no cumplan las normas internacionales; 49. Pide también que se tomen medidas para documentar y hacer frente a la violencia sexual y de género relacionada con el conflicto en Myanmar, con la plena participación de la sociedad civil, en particular de las organizaciones de derechos de la mujer y de las mujeres y las niñas de las comunidades afectadas por el conflicto, para prevenir dicha violencia, poner fin a la impunidad, hacer que los autores rindan cuentas y proporcionar a las supervivientes acceso a una asistencia adecuada, servicios de apoyo, justicia y reparación; 50. Subraya la importancia de consultar con los supervivientes y las familias de las víctimas y los supervivientes, incluidos los rohinyás y las personas pertenecientes a otras minorías, y de incluirlos en la promoción de la justicia y la rendición de cuentas, según proceda; 51. Pide que se tomen medidas adecuadas para eliminar el trabajo infantil y el trabajo forzoso, a saber, entre otras cosas, que se atiendan plenamente las recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta sobre Myanmar de la Organización Internacional del Trabajo, se protejan los derechos de los trabajadores en la extracción de recursos naturales y se desmilitaricen las regiones mineras, y que se tomen medidas para establecer un marco inclusivo de ordenación del territorio y resolver las cuestiones relativas a la tenencia de la tierra, entre otras vías modificando la legislación pertinente, en particular la Ley de Ordenación de Tierras Desocupadas, Vírgenes y sin Explotar, en plena consulta con los grupos y las comunidades étnicas pertinentes, incluidos los rohinyás; 52. Alienta a todas las empresas, incluidas las empresas transnacionales y las empresas nacionales que operan en Myanmar o que tienen parte de su cadena de suministro en Myanmar, a que apliquen los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos y las recomendaciones formuladas por la misión internacional independiente de investigación sobre Myanmar acerca de los intereses económicos de las fuerzas armadas de Myanmar, alienta a todas las empresas transnacionales a que actúen responsablemente y dejen de invertir en negocios con empresas de propiedad del ejército de Myanmar, y solicita a los Estados de origen de esas empresas que refuercen las medidas para que esas empresas intensifiquen la debida diligencia en materia de derechos humanos a fin de que sus actividades no contribuyan a la comisión de violaciones o abusos contra los derechos humanos o la causen, de conformidad con los Principios Rectores; 53. Pide que se intensifique la cooperación regional, entre otras cosas recabando la participación de las Naciones Unidas, con vistas a hacer frente al aumento de los delitos transnacionales, como la trata de personas, el tráfico de drogas y las estafas en línea; 54. Decide prorrogar por un año más el mandato de la Relatoría Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar, solicita a la Relatoría Especial que presente oralmente, durante un diálogo interactivo ampliado que incluya la presentación del informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos encomendado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 55/20, de 4 de abril de 2024, información actualizada al Consejo en su 59º período de sesiones, y presente un informe a la Tercera 14 GE.25-05467

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