Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea A/RES/72/188 cuestiones de importancia internacional, en particular mediante la devolución inmediata de los secuestrados; 4. Recalca su muy seria preocupación por las denuncias de tortura, ejecuciones sumarias, detenciones arbitrarias, secuestros y otras formas de violaciones y abusos de los derechos humanos que la República Popular Democrática de Corea comete contra ciudadanos de otros países, tanto dentro como fuera de su territorio; 5. Expresa su muy profunda preocupación por la precaria situación humanitaria en el país, que podría deteriorarse rápidamente debido a su limitada resiliencia a los desastres naturales y a las políticas del Gobierno que limitan la disponibilidad de alimentos adecuados y el acceso a ellos, situación que se ve agravada por deficiencias estructurales de la producción agrícola que causan una gran escasez de alimentos diversificados y por las restricciones estatales al cultivo y al comercio de alimentos, así como la prevalencia de la malnutrición crónica y aguda, en particular entre los grupos más vulnerables, las mujeres embarazadas y lactantes, los niños, las personas con discapacidad, las personas de edad y los presos políticos, y, a ese respecto, insta al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea a que adopte medidas preventivas y correctivas, en cooperación con los organismos donantes internacionales y de conformidad con las normas internacionales de seguimiento de la asistencia humanitaria; 6. Acoge con beneplácito los informes más recientes presentados al Consejo de Derechos Humanos por el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea 15 y el grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas por las violaciones de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea 16 establecido de conformidad con lo dispuesto en la resolución 31/18 del Consejo, de 23 de marzo de 2016 17, que incluyen opciones para procurar la rendición de cuentas y lograr la verdad y la ju sticia para todas las víctimas, y encomia las actividades emprendidas por el Relator Especial y el grupo de expertas independientes; 7. Acoge con beneplácito también la aprobación de la resolución 34/24 del Consejo de Derechos Humanos 1, en que el Consejo decidió fortalecer la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, a fin de permitir la aplicación de las recomendaciones pertinentes formuladas por el grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas, en su informe presentado al Consejo d e Derechos Humanos en su 34º período de sesiones, a los efectos de intensificar las actuales actividades de vigilancia y documentación, establecer un registro central de información y pruebas y encomendar a expertos en responsabilidad jurídica la tarea de evaluar toda la información y todos los testimonios con miras a elaborar posibles estrategias para utilizarlas en lo sucesivo en todos los procesos de rendición de cuentas; 8. Reitera su aprecio por la labor de la comisión de investigación, reconoce la importancia que sigue teniendo su informe y lamenta que las autoridades de la República Popular Democrática de Corea no hayan cooperado con la comisión, concretamente en materia de acceso al país; 9. Reconoce la conclusión de la comisión según la cual el conjunto de testimonios y otras informaciones que ha recabado ofrecen motivos razonables para __________________ 15 16 17 17-23184 A/HRC/34/66. A/HRC/34/66/Add.1. Véase Documentos oficiales de la Asamblea General, septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/71/53), cap. IV, secc. A. 7/10

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