Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes
A/RES/71/1
de carácter irregular. Lo haremos sin perjuicio del derecho a solicitar asilo.
Lucharemos contra la explotación, el abuso y la discriminación que sufren muchos
refugiados y migrantes.
28. Expresamos nuestra profunda preocupación por el gran número de personas
que han perdido la vida en tránsito. Encomiamos los esfuerzos que se han hecho
para rescatar a las personas en situación de peligro en el mar. Nos comprometemos a
intensificar la cooperación internacional dirigida a fortalecer los mecanismos de
búsqueda y salvamento. Trabajaremos también por mejorar la disponibilidad de
datos exactos sobre el paradero de las personas y las embarcaciones abandonadas a
su suerte en el mar. Además, reforzaremos nuestro apoyo a las labores de rescate en
tierra a lo largo de rutas peligrosas o aisladas, y en primer lugar destacaremos los
riesgos que entraña el uso de esas rutas.
29. Reconocemos que las mujeres y los niños son especialmente vulnerables
durante el viaje del país de origen al país de llegada y adoptaremos medidas para
encarar esas vulnerabilidades. Las mujeres y los niños pueden verse expuestos a la
discriminación y la explotación, así como al abuso sexual y los malos tratos físicos
y psicológicos, la violencia, la trata de personas y las formas contemporáneas de
esclavitud.
30. Alentamos a los Estados a que se ocupen de atender la vulnerabilidad al VIH y
las necesidades de salud específicas de las poblaciones migrantes y móviles y de los
refugiados y las poblaciones afectadas por crisis y adopten medidas para reducir el
estigma, la discriminación y la violencia, y los alentamos también a que examinen
las políticas sobre restricciones a la entrada de personas seropositivas, con miras a
eliminar esas restricciones y la devolución de personas por su condición de
seropositivas, y a que faciliten su acceso a servicios de prevención, tratamiento,
atención y apoyo en relación con el VIH;
31. Nos aseguraremos de que en nuestras respuestas a los grandes desplazamientos
de refugiados y migrantes se incorpore la perspectiva de género, se promuevan la
igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y se
respeten y protejan plenamente los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
Lucharemos en la mayor medida posible contra la violencia sexual y por razón de
género. Facilitaremos el acceso a servicios de atención de la salud sexual y
reproductiva. Combatiremos las formas múltiples e interrelacionadas de
discriminación contra las mujeres y niñas refugiadas y migrantes. Al mismo tiempo,
reconociendo la importante contribución y el liderazgo de las mujeres en las
comunidades de refugiados y migrantes, trabajaremos para garantizar que participen
de manera plena, fructífera y en pie de igualdad en la formulación de soluciones y
oportunidades locales. Tomaremos en consideración las diferentes necesidades,
vulnerabilidades y capacidades de las mujeres, las niñas, los niños y los hombres.
32. Protegeremos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos
los niños refugiados y migrantes, independientemente de su condición, teniendo en
cuenta en todo momento el interés superior del niño como consideración principal.
Esto se aplicará en particular a los niños no acompañados y los que estén separados
de sus familias; remitiremos su atención a las autoridades nacionales de protección
de la infancia y otras autoridades competentes. Cumpliremos las obligaciones que
nos incumben en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño 7.
Procuraremos proporcionar servicios básicos de salud, educación y desarrollo
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
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