A/RES/60/55 1. Subraya la contribución que el cumplimiento de los acuerdos y demás obligaciones pactadas en materia de no proliferación, limitación de armamentos y desarme efectúa al fomento de la confianza y al fortalecimiento de la seguridad y la estabilidad; 2. Insta a todos los Estados a aplicar y cumplir cabalmente sus respectivas obligaciones; 3. Insta a todos los Estados que se encuentran en situación de incumplimiento a tomar la decisión estratégica de volver a cumplir sus respectivas obligaciones; 4. Exhorta a todos los Estados Miembros a que, de conformidad con el derecho internacional aplicable, adopten medidas concertadas para fomentar, por medios bilaterales y multilaterales, el cumplimiento por todos los Estados de sus respectivos acuerdos en materia de no proliferación, limitación de armamentos y desarme y de las demás obligaciones pactadas y para que los que incumplan esos acuerdos rindan cuentas de su incumplimiento de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas; 5. Alienta los esfuerzos de todos los Estados partes, las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, en el marco de sus mandatos, por adoptar medidas, conformes a la Carta, que prevengan los graves perjuicios para la seguridad y la estabilidad internacionales que se derivan del incumplimiento por los Estados de sus obligaciones existentes en materia de no proliferación, limitación de armamentos y desarme; 6. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 61ª sesión plenaria 8 de diciembre de 2005 2

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