A/RES/54/257
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3. Pide que, en el futuro, se incluyan en los informes de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna
los mandatos legislativos relativos a la labor de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios, y pide
también que los mandatos legislativos correspondientes se incluyan asimismo en otros informes que publique
en el futuro la Oficina de Servicios de Supervisión Interna;
4. Toma nota del informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna relativo al examen de las
prácticas administrativas y de programas de la secretaría del Centro de Comercio Internacional
UNCTAD/OMC15 y de las observaciones de la Dependencia al respecto16, y reafirma que la fusión de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y el Centro de Comercio Internacional no
ha sido aprobada por los órganos legislativos pertinentes;
5. Toma nota también del informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna relativo al
examen de la gestión de programas en la División de Prevención del Delito y Justicia Penal17, y reafirma que
la anulación de los mandatos sobre prevención del delito y justicia penal forma parte de las atribuciones de
los órganos legislativos pertinentes;
6. Toma nota además del informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna sobre la
investigación del presunto conflicto de intereses en el Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos
Humanos (Hábitat)18 y de las observaciones de la Dependencia al respecto19, y reafirma que la aprobación
de enmiendas al Estatuto del Personal de las Naciones Unidas y la ratificación de las enmiendas al
Reglamento del Personal son prerrogativa de los Estados Miembros.
95a. sesión plenaria
7 de abril de 2000
15
A/51/933, anexo.
16
A/52/575, anexo.
A/52/777, anexo.
17
18
19
A/52/339, anexo.
A/52/339/Add.1.