A/RES/79/182
Situación de los derechos humanos de los musulmanes rohinyás
y otras minorías en Myanmar
2.
Condena en los términos más enérgicos todas las violaciones y abusos de
los derechos humanos cometidos contra civiles en Myanmar, en particular contra los
musulmanes rohinyás y otras minorías, antes de la injustificada declaración del estado
de emergencia del 1 de febrero de 2021 y después de ella, y tras sus prórrogas
posteriores, y pone de relieve la importancia de llevar a cabo investigaciones
internacionales, independientes, imparciales y transparentes de las gravísimas
violaciones de los derechos humanos en Myanmar, incluida la violencia sexual y de
género y las violaciones y abusos cometidos contra las mujeres y los niños, y hacer
que todos los responsables de actos y delitos brutales contra cualquier persona,
incluidos los musulmanes rohinyás, rindan cuentas a fin de que se haga justicia a las
víctimas, utilizando todos los instrumentos jurídicos y los mecanismos judiciales
internos, regionales e internacionales, incluidas la Corte nnternacional de Justicia y la
Corte aenal nnternacional, según proceda;
3.
Exhorta a las fuerzas armadas y de seguridad de Myanmar a que respeten
la voluntad y las aspiraciones democráticas del pueblo de Myanmar, pongan fin a la
violencia, respeten plenamente los derechos humanos, las libertades fundamentales y
el estado de derecho, defiendan las instituciones y los procesos democráticos y
pongan fin al estado de emergencia declarado el 1 de febrero de 2021;
4.
Exige el cese inmediato en todo el país de las hostilidades y de la violencia
en todas sus formas y los ataques dirigidos contra civiles, incluidos los musulmanes
rohinyás, en cumplimiento de la resolución 2669 (2022) del Consejo de Seguridad, y
exhorta al ejército de Myanmar a que cese los ataques indiscriminados o
desproporcionados, como los ataques aéreos y el uso de minas terrestres, y respete
plenamente el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho
internacional humanitario y los principios humanitarios, e insta a que se actúe con
moderación y se aplaquen las tensiones;
5.
Exhorta al ejército de Myanmar a que libere de inmediato a todas las
personas detenidas, arrestadas, condenadas y sentenciadas arbitrariamente por
motivos políticos, incluidos los activistas de la oposición y los ciudadanos
extranjeros;
6.
Pide que se entablen un diálogo y una reconciliación inclusivos,
constructivos y pacíficos, de acuerdo con la voluntad y los intereses del pueblo de
Myanmar, incluidos los musulmanes rohinyás y otras minorías;
7.
Destaca la importancia de acordar y aplicar un alto el fuego duradero, en
particular en Rakáin, de que cese la violencia y de que el ejército de Myanmar y otros
agentes armados actúen con moderación, con el fin de garantizar la seguridad y la
protección de los civiles, incluidos los desplazados por la fuerza que desean regresar ;
8.
Exhorta a todas las partes en el conflicto, en particular al ejército de
Myanmar, incluidas las fuerzas conexas y las milicias afiliadas, a que pongan fin a
las violaciones y los abusos contra los niños, incluidas las graves violaciones contra
los niños durante el conflicto armado, a que garanticen la protección de todos los
niños en el conflicto armado, en particular deteniendo y previniendo su reclutamiento
en las fuerzas armadas y garantizando la liberación inmediata y en condiciones de
seguridad de quienes hayan sido reclutados, y a que les proporcionen acceso a una
asistencia adecuada y a la reintegración social de los desmovilizados, incluido el
acceso a la educación y al apoyo psicosocial y de salud mental, a la justicia y a la
reparación, e insta a todas las partes a que colaboren con las Naciones Unidas y con
la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los
Conflictos Armados, para adoptar medidas concretas de prevención para proteger a
los niños,
12/20
24-24224