A/RES/51/3
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Recordando su decisión anterior de que para sufragar los gastos de la
Misión de Observadores se requiere un procedimiento diferente del que se
aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones
Unidas,
Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están
en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países
económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada
de contribuir a una operación de esa índole,
Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son
Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales
operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea
General, de 27 de junio de 1963,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de
Observadores los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las
funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del
Consejo de Seguridad,
1.
Toma nota de la situación de las contribuciones para la Misión de
Observadores de las Naciones Unidas en Liberia al 30 de septiembre de 1996, en
particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 10.511.972 dólares de
los Estados Unidos, que representan el 13% de las cuotas asignadas desde que
se estableció la Misión de Observadores hasta el 31 de marzo de 1996, observa
que aproximadamente el 30% de los Estados Miembros han pagado íntegramente sus
cuotas e insta a los demás Estados Miembros de que se trate, en particular a
los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago;
2.
Expresa su preocupación por la situación financiera de las
actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto al
reembolso a los países que aportan contingentes, los que sufren las
consecuencias del atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas;
3.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado
íntegramente sus cuotas;
4.
Insta a los demás Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su
alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de
Observadores;
5.
Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el
informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto2;
6.
Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias
para que todas las actividades de las Naciones Unidas que guardan relación con
el proceso de paz en Liberia se administren de forma coordinada y con el
máximo de eficiencia y economía;
7.
Decide consignar en la Cuenta Especial para la Misión de
Observadores de las Naciones Unidas en Liberia la suma de 14.016.000 dólares
en cifras brutas (13.186.800 dólares en cifras netas), que incluye la suma de
791.800 dólares para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento
de la paz y equivale al prorrateo de 1.168.000 dólares en cifras brutas
(1.098.900 dólares en cifras netas) por mes, para el mantenimiento de la
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