A/RES/50/185 Página 2 Reconociendo la utilidad de un criterio amplio y equilibrado en las actividades que llevan a cabo las Naciones Unidas en la materia a fin de contribuir al fortalecimiento de la democracia y los derechos humanos en el país de que se trate, Acogiendo con beneplácito el apoyo prestado por los Estados a las actividades de asistencia electoral de las Naciones Unidas mediante, entre otras cosas, la aportación de expertos y observadores electorales, así como mediante contribuciones al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para la observación de procesos electorales, Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre el fortalecimiento de la eficacia del principio de la celebración de elecciones auténticas y periódicas 3/, Observando que las solicitudes de asistencia electoral formuladas por Estados Miembros siguen siendo numerosas y que su índole sigue cambiando, 1. Toma nota del informe del Secretario General sobre las actividades de las Naciones Unidas encaminadas a fortalecer la eficacia del principio de la celebración de elecciones auténticas y periódicas 3/; 2. Encomia la asistencia electoral prestada por las Naciones Unidas a los Estados Miembros que la han solicitado, pide que se la siga prestando, según el caso, de conformidad con las directrices al respecto, reconociendo que la responsabilidad fundamental de que se organicen elecciones libres e imparciales recae sobre los gobiernos, y pide también a la División de Asistencia Electoral del Departamento de Asuntos Políticos de la Secretaría que continúe informando periódicamente a los Estados Miembros sobre las solicitudes que haya recibido, la respuesta que les haya dado y el tipo de asistencia prestada; 3. Pide que las Naciones Unidas, antes de comprometerse a prestar asistencia electoral a un Estado que la solicite, sigan tratando de cerciorarse de que haya tiempo suficiente para organizar y llevar a cabo una misión eficaz a fin de prestar esa asistencia, de que existan condiciones que hagan posible la celebración de elecciones libres e imparciales y de que se puedan tomar disposiciones para presentar informes adecuados y completos sobre los resultados de la misión; 4. Encomia las medidas adoptadas por las Naciones Unidas a los efectos de la continuación y consolidación del proceso de democratización en Estados Miembros que soliciten asistencia, inclusive la prestación de asistencia antes y después de la celebración de elecciones y el envío de misiones de evaluación de las necesidades encaminadas a recomendar programas que puedan contribuir a consolidar el proceso de democratización, y pide que se afiancen esas medidas; 5. Recomienda que, una vez celebradas elecciones, la División de Asistencia Electoral proporcione asistencia, según proceda, a los Estados que la soliciten y a las instituciones electorales a fin de contribuir a la estabilidad y continuidad de sus procesos electorales, según lo dispuesto en el informe del Secretario General, y que estudie, en cooperación con las 3/ A/50/736. /...

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