A/RES/50/185
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oficinas correspondientes de las Naciones Unidas, la forma de definir más
claramente las actividades relacionadas con la consolidación democrática que
las Naciones Unidas podrían realizar para prestar asistencia a los Estados
interesados en ello;
6.
Pide al Secretario General que adopte nuevas medidas para prestar
asistencia a los Estados que la soliciten, entre otras cosas, facilitando
medios para que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos, de conformidad con su mandato y por conducto del Centro de Derechos
Humanos de la Secretaría, apoye las actividades de democratización
relacionadas con los problemas de derechos humanos, entre otras, la formación
y educación en materia de derechos humanos, la asistencia para la reforma
legislativa relacionada con los derechos humanos, el fortalecimiento y la
reforma del poder judicial, la asistencia a las instituciones nacionales de
derechos humanos y servicios de asesoramiento sobre la adhesión a tratados,
presentación de informes y obligaciones internacionales relacionadas con los
derechos humanos;
7.
Encomia los programas de asistencia ejecutados por el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo en materia de reforma de la
administración pública y de gestión pública, en particular, los encaminados a
fortalecer la participación de los sectores interesados de la sociedad y los
vínculos entre éstos y los gobiernos;
8.
Recuerda que el Secretario General creó un Fondo Fiduciario de las
Naciones Unidas para la observación de procesos electorales y hace un
llamamiento a los Estados Miembros para que consideren la posibilidad de hacer
contribuciones al Fondo;
9.
Destaca la importancia de las actividades de coordinación en el
sistema de las Naciones Unidas, incluida la cooperación con el Centro de
Derechos Humanos, el Departamento de Apoyo al Desarrollo y de Servicios de
Gestión de la Secretaría y el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo, que prestan servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los
Estados Miembros que los solicitan, y alienta a la División de Asistencia
Electoral a que, fortalezca su colaboración con el Centro, incluso mediante un
intercambio de personal, cuando proceda, y con el Departamento y el Programa y
siga informando de las solicitudes presentadas en materia de asistencia
electoral;
10.
Toma nota con reconocimiento de que se están tomando nuevas
disposiciones para intensificar la cooperación con otras organizaciones
internacionales, gubernamentales y no gubernamentales a fin de que la atención
de las solicitudes de asistencia electoral sea más completa y acorde a las
necesidades;
11.
Pide al Secretario General que dote a la División de Asistencia
Electoral de recursos de personal y financieros suficientes, con cargo al
presupuesto ordinario de las Naciones Unidas y dentro de los límites de los
recursos existentes, a fin de que pueda desempeñar su mandato, y que siga
cerciorándose de que el Centro de Derechos Humanos pueda atender, en el marco
de su mandato y en estrecha coordinación con la División de Asistencia
Electoral, al creciente número de solicitudes de servicios de asesoramiento
formuladas por Estados Miembros;
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