Derechos humanos y diversidad cultural A/RES/74/159 y reconoce la importante función que desempeña el centro en la promoción de la universalidad de todos los derechos humanos, así como en su realización; 13. Reconoce que el respeto de la diversidad cultural y de los derechos culturales de todos realza el pluralismo cultural, contribuyendo a un intercambio más amplio de conocimientos sobre las tradiciones culturales y a entenderlas mejor, promoviendo en todo el mundo la aplicación y el goce de los derechos humanos universalmente aceptados y fomentando relaciones de amistad estables entre los pueblos y naciones de todo el mundo; 14. Pone de relieve que el fomento del pluralismo cultural y la tolerancia en los planos nacional, regional e internacional es importante para aumentar el respeto de los derechos culturales y la diversidad cultural; 15. Pone de relieve también que la tolerancia y el respeto de la diversidad facilitan la promoción y protección universales de los d erechos humanos, incluida la igualdad entre los géneros y el goce de todos los derechos humanos por todos, y subraya que la tolerancia y el respeto de la diversidad cultural y la promoción y protección universales de los derechos humanos se refuerzan mutua mente; 16. Insta a todas las instancias internacionales a que establezcan un orden internacional basado en la inclusión, la justicia, la igualdad y la equidad, la dignidad humana, el entendimiento mutuo y la promoción y el respeto de la diversidad cultura l y los derechos humanos universales, y a que rechacen todas las doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia; 17. Exhorta a los Estados y a las organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales pertinentes a que apoyen y emprendan iniciativas interculturales en materia de derechos humanos a fin de promover todos los derechos humanos, y de ese modo enriquecer su universalidad; 18. Insta a los Estados a que se cercioren de que sus sistemas políticos y jurídicos reflejen la diversidad multicultural de sus sociedades y a que, cuando sea necesario, mejoren las instituciones democráticas de modo que se participe m ás plenamente en ellas y se evite la marginación, la exclusión y la discriminación de determinados sectores de la sociedad; 19. Exhorta a los Estados, las organizaciones internacionales y los organismos de las Naciones Unidas, e invita a la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, a que reconozcan y fomenten el respeto de la diversidad cultural con miras a promover los objetivos de paz, desarrollo y derechos humanos universalmente aceptados; 20. Destaca la necesidad de utilizar libremente los medios de comunicación y las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones a fin de crear las condiciones para un diálogo renovado entre culturas y civilizaciones; 21. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga teniendo plenamente presentes las cuestiones planteadas en la presente resolución en el curso de sus actividades de promoción y protección de los derechos humanos; 22. Solicita también a la Oficina del Alto Comisionado que apoye iniciativas encaminadas a promover el diálogo intercultural sobre los derechos humanos e invita a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura a que haga lo propio; 19-22285 5/6

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