A/RES/55/80 Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, y en el grupo de trabajo de composición abierta entre períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos encargado de elaborar un proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas; f) El examen de la posibilidad de contribuir, según proceda, al Fondo para el Desarrollo de las Poblaciones Indígenas de América Latina y el Caribe en apoyo de la consecución de los objetivos del Decenio; g) La asignación de recursos para actividades encaminadas a alcanzar los objetivos del Decenio en colaboración con las poblaciones indígenas y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales; 8. Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas operacionales y a los organismos especializados y secretarías de las Naciones Unidas, así como a otras organizaciones regionales e internacionales, a que, de conformidad con los procedimientos vigentes de sus órganos rectores: a) Asignen más prioridad y recursos, en sus ámbitos de competencia, al mejoramiento de la situación de las poblaciones indígenas, teniendo especialmente en cuenta las necesidades de esas poblaciones en los países en desarrollo, mediante la preparación de programas concretos de acción con miras al logro de los objetivos del Decenio; b) Emprendan proyectos especiales, por los conductos apropiados y en colaboración con las poblaciones indígenas, para afianzar las iniciativas procedentes de las comunidades y para facilitar el intercambio de información y conocimientos técnicos entre indígenas y otros expertos competentes; c) Designen encargados de coordinar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos las actividades relacionadas con el Decenio; y felicita a las instituciones, programas, organismos y organizaciones regionales e internacionales que ya lo han hecho; 9. Recomienda al Secretario General que se cerciore de que haya coordinación en el seguimiento de las recomendaciones formuladas en relación con las poblaciones indígenas en las conferencias pertinentes de las Naciones Unidas, a saber, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro (Brasil) del 3 al 14 de junio de 1992, la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, celebrada en El Cairo del 5 al 13 de septiembre de 1994, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, celebrada en Copenhague del 6 al 12 de marzo de 1995, la segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II), celebrada en Estambul (Turquía) del 3 al 14 de junio de 1996, y la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, celebrada en Roma del 13 al 17 de noviembre de 1996, y otras conferencias internacionales pertinentes; 10. Destaca la importancia de que las poblaciones indígenas participen en las conferencias mundiales de las Naciones Unidas y en sus procesos preparatorios nacionales y regionales y otros preparativos, en particular en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, que ha de celebrarse en Sudáfrica en 2001, y alienta a los 3

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