A/HRC/41/33 1. Violencia en el hogar y en la comunidad 65. Muchas mujeres son objeto de violencia a manos de familiares, cuidadores, parejas, amigos y conocidos. La violencia en el hogar y en la comunidad suele manifestarse en forma de confinamiento en el hogar, por el cual se prohíbe a las mujeres abandonar el hogar o se las obliga a permanecer en un lugar determinado. El rapto o el secuestro también resultan en una severa restricción de su libertad de circulación. La violencia sexual y el acoso sexual se utilizan a veces como herramienta intimidatoria y para restringir el acceso de las mujeres a los espacios públicos y presionarlas para que permanezcan confinadas en contextos privados y familiares. En muchos casos, existe un vínculo entre la exposición de las mujeres a la violencia y el confinamiento que experimentan. Por ejemplo, la vulnerabilidad a la violencia ha allanado el camino para la detención administrativa indefinida de cientos de mujeres en Jordania a modo de custodia “protectora”35. 66. La presencia de la violencia en la vida de las mujeres las condiciona profundamente y las expone a un mayor riesgo de internamiento o de ingreso en prisión. Por ejemplo, más del 50 % de las mujeres encarceladas declaran haber sufrido malos tratos emocionales, físicos o sexuales durante su infancia, mientras que solo el 25 % de los reclusos varones dicen haber vivido esas situaciones. Además, muchas niñas se ven apartadas de la custodia de sus progenitores y terminan en instituciones debido a la violencia familiar, incluida la violencia psicológica, física y sexual36. El temor a la violencia en la familia o la comunidad contra las ancianas o viudas acusadas de prácticas supersticiosas es también el principal factor que impulsa a esas mujeres a refugiarse en los márgenes de la sociedad y a permanecer encerradas en “campamentos” (véanse los párrs. 28 y 48). 67. Las mujeres pertenecientes a minorías pueden sufrir mayores índices de violencia y un mayor riesgo de encarcelamiento. Del mismo modo, se ha comprobado que la violencia desempeña un papel importante en la vida de las mujeres indígenas, lo que aumenta sus probabilidades de contacto con el sistema de justicia penal. 68. La exposición a la violencia puede aumentar el contacto de las mujeres con la policía y, por lo tanto, su riesgo de criminalización. El Grupo de Trabajo ha sabido de casos de mujeres que llamaron a la policía para denunciar un caso de violencia doméstica, pero que posteriormente acabaron detenidas y encarceladas por cargos como alteración del orden público, atentado contra la paz y el orden públicos, situación migratoria irregular o aborto espontáneo. Las mujeres que han sufrido casos de violencia a menudo son reacias a ponerse en contacto con los agentes del orden por temor a sufrir nuevos actos de violencia o discriminación, y permanecen en un ciclo de opresión. Este puede ser especialmente el caso de las mujeres a las que en un principio ya se declaró “delincuentes”, como las consumidoras de drogas, las implicadas en aspectos menores del tráfico de drogas o en la prostitución/el trabajo sexual, o las migrantes irregulares. 69. La violencia también puede servir de instrumento para obligar a las mujeres a participar en actividades delictivas por las que luego son encarceladas (véase A/68/340). Por ejemplo, en el tráfico de drogas, a menudo se recurre a la violencia para obligar a las mujeres a participar en redes de narcotráfico, donde se las utiliza de mulas y los cabecillas las tratan como artículos desechables. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha documentado en muchos países de la región de la que se ocupa casos en los que las niñas expuestas a la violencia, las pandillas, la trata y la explotación sexual también corren un alto riesgo de entrar en contacto con el sistema de justicia penal, lo que conduce a su encarcelamiento. 70. Las mujeres también pueden acabar criminalizadas y privadas de libertad cuando reaccionan a la violencia que sufren tomando medidas enérgicas de legítima defensa. Cuando se las acusa de un delito tras un altercado violento, la capacidad de estas mujeres para alegar la legítima defensa puede verse mermada a causa de los estereotipos de género 35 36 GE.19-07966 Véase Human Rights Watch, “Guests of the governor: administrative detention undermines the rule of law in Jordan” (2009). La violencia familiar es una de las principales causas de que los niños sean separados de sus familias y acogidos en instituciones. Véase Paulo Sergio Pinheiro, Informe mundial sobre la violencia contra los niños y niñas (2006). 17

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