A/HRC/RES/44/19
y aplique sin demora un nuevo plan de derechos humanos, aprovechando la experiencia
adquirida en la aplicación del primer plan y teniendo en cuenta las recomendaciones
formuladas por los órganos creados en virtud de tratados, los mecanismos de derechos
humanos y la sociedad civil;
10.
Observa además que la Relatora Especial sigue prestando atención a la
cuestión de la pena de muerte en Belarús, y en particular expresa profunda preocupación
por su aplicación sin las debidas garantías procesales y por la escasa cantidad de
información pertinente sobre su uso, y, habida cuenta de que la transparencia es un
requisito para que la justicia penal sea imparcial y eficaz, solicita a la Relatora Especial que
continúe haciendo un seguimiento de la situación y formule recomendaciones; asimismo,
acoge con beneplácito la creación, en enero de 2020, de un grupo de trabajo para estudiar la
abolición de la pena de muerte y alienta al Estado a que adopte medidas tangibles;
11.
Insta al Gobierno de Belarús a que adopte todas las medidas necesarias para
asegurar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, para garantizar el
derecho a un juicio imparcial y el derecho a la revisión efectiva de las sentencias y
condenas por un tribunal superior, y para hacer efectivo el derecho de todos los acusados a
elegir libremente su representante letrado en todas las actuaciones;
12.
Recuerda que el Consejo de Derechos Humanos acogió con beneplácito la
puesta en libertad de presos políticos en agosto de 2015 y pidió que se restablecieran
íntegramente los derechos civiles y políticos de los ex presos políticos; sin embargo, esos
derechos civiles y políticos no se han restablecido, y los activistas políticos siguen siendo
objeto de malos tratos y acusaciones cuestionables y políticamente motivadas, al tiempo
que no se ha producido avance alguno en cuatro casos de desaparición forzada de
opositores políticos que se remontan a 1999 y 2000;
13.
Alienta encarecidamente a Belarús a que haga realidad la reforma integral del
marco jurídico electoral y a que corrija las deficiencias sistémicas que desde hace tiempo
presentan el marco jurídico y las prácticas electorales, atendiendo a las recomendaciones
formuladas por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la
Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Comisión Europea para la
Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia) y la Relatora Especial, especialmente
teniendo en cuenta las elecciones presidenciales previstas para el 9 de agosto de 2020;
14.
Alienta encarecidamente de nuevo al Gobierno de Belarús a que establezca
una institución nacional de derechos humanos acorde con los principios relativos al estatuto
de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos
(Principios de París) y a que siga implicándose activamente en la implementación de la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;
15.
Decide prorrogar por un año el mandato de la Relatora Especial sobre la
situación de los derechos humanos en Belarús, y le solicita que presente un informe sobre la
situación de los derechos humanos en ese país al Consejo de Derechos Humanos en
su 47º período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo sexto período de
sesiones;
16.
Insta al Gobierno de Belarús a que coopere plenamente con la Relatora
Especial, entre otras cosas facilitándole acceso para que visite el país y se reúna libremente
con las partes interesadas pertinentes, incluidos representantes de la sociedad civil, con
miras a ayudar al Gobierno a cumplir sus obligaciones internacionales en materia de
derechos humanos y estudiando la posibilidad de poner en práctica las recomendaciones de
la Relatora, e insta también al Gobierno a que haga extensiva su plena cooperación a los
procedimientos especiales temáticos;
17.
Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos que proporcione a la Relatora Especial la asistencia y los recursos
necesarios para el cumplimiento de su mandato, y solicita a la Relatora Especial que
continúe haciendo un seguimiento de la situación y formule recomendaciones.
28ª sesión
17 de julio de 2020
GE.20-09805
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