A/RES/48/136
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8.
Invita a los gobiernos, los órganos y organizaciones de las
Naciones Unidas y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
a que cooperen entre sí y promuevan una mayor conciencia del problema de los
niños de la calle, así como medidas más eficaces para resolverlo, mediante,
entre otras, el apoyo a proyectos de desarrollo que puedan tener efectos
positivos en la situación de los niños de la calle;
9.
Hace un llamamiento a los relatores especiales, los representantes
especiales y los grupos de trabajo de la Comisión de Derechos Humanos y de la
Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías para
que, en el marco de sus mandatos, presten particular atención a la difícil
situación de los niños de la calle;
10.
Decide volver a examinar esta cuestión en su cuadragésimo noveno
período de sesiones en relación con el tema titulado "Cuestiones relativas a
los derechos humanos".
85ª sesión plenaria
20 de diciembre de 1993