A/RES/53/15
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compatible con los objetivos y finalidades de las Naciones Unidas de promover un nivel más alto de vida
y mejores condiciones de progreso económico y social y desarrollo,
Acogiendo con satisfacción las recientes novedades relativas a la lucha contra los estupefacientes en
la región de la Organización de Cooperación Económica, incluida la creciente cooperación entre esta
organización y el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas y la
resolución aprobada por el Consejo de Ministros de la Organización de Cooperación Económica en su
octava reunión con miras a reforzar la vigilancia del comercio internacional de precursores utilizados en
la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas,
Observando que la relación existente entre la Organización de Cooperación Económica y las diversas
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas ha contribuido a identificar y apoyar programas
regionales de fortalecimiento de la infraestructura socioeconómica de los Estados miembros de la
Organización de Cooperación Económica, y alentando a que se sigan utilizando en forma coordinada los
recursos disponibles para la promoción de los objetivos comunes de las dos organizaciones,
1. Toma nota de la Declaración de Almaty1, hecha pública en la quinta reunión de Jefes de Estado
y de Gobierno de los Estados miembros de la Organización de Cooperación Económica, celebrada en
Almaty los días 10 y 11 de mayo de 1998, en la que se insiste en la importancia de promover el desarrollo
socioeconómico, intensificar las relaciones comerciales y establecer una red integrada de transporte y
comunicaciones en los territorios de los Estados miembros de la Organización de Cooperación Económica,
así como en la determinación de esos Estados de lograr dichos objetivos;
2. Toma nota también del Programa de Acción del Decenio de Transporte y Comunicaciones de
la Organización de Cooperación Económica (1998–2007) adoptado en la Segunda Reunión Ministerial
sobre Transporte y Comunicaciones de la Organización de Cooperación Económica, celebrada en Ashgabat
en marzo de 1998, e invita a los organismos especializados y a las instituciones financieras internacionales
a tener debidamente en cuenta la posibilidad de prestar asistencia a los proyectos previstos en el Programa
de Acción;
3. Toma nota con satisfacción de la firma en Almaty en mayo de 1998, por los Estados miembros
de la Organización de Cooperación Económica, del texto principal del Acuerdo Marco sobre Transporte
en Tránsito, que tiene por objeto facilitar el tránsito de mercancías y pasajeros en la región de la
Organización de Cooperación Económica y en los países vecinos, e invita a los organismos competentes
de las Naciones Unidas a prestar toda la asistencia posible a la promoción de los objetivos del Acuerdo
Marco, tanto en la región como fuera de ella;
4. Celebra la entrada en vigor de los acuerdos sobre el comercio en tránsito y los procedimientos
de simplificación de visados para hombres de negocios en la región de la Organización de Cooperación
Económica que, junto con la asistencia técnica que actualmente presta la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Comercio y Desarrollo en lo relativo a la eficiencia comercial y facilitación del comercio
y el transporte, podrán contribuir al fomento del comercio intrarregional e interregional;
5.
1
Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General sobre la aplicación de la
A/52/962, anexo.
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